Que en las act. 1 11 y 14 obran los antecedentes,
04/10/2025
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
TRIBUTARIO_FISCAL
Texto del Fallo
Corte Suprema de Justicia de la Nación
Visto que por las presentes actuaciones tramita la
provisión, instalación y puesta en funcionamiento de un sistema
integral de videovigilancia (CCTV) y control de accesos en el
edificio sito en Hipólito Yrigoyen 2041, CABA, y
CONSIDERANDO:
I.
Que en las act. 1/11 y 14 obran los antecedentes,
las especificaciones técnicas, los presupuestos de distintas casas
del ramo y la solicitud de la Subdirección de Seguridad, a partir
de los cuales la mencionada subdirección en act. 9 y 11 indica
respecto de la cotización de menor precio -correspondiente a la firma
“SECURITON ARGENTINA S.A.”- que la misma resulta ser técnicamente
admisible y a valores de mercado. (conf. act. 4).
II.
Que en act. 13 obra la reserva de fondos efectuada
con cargo a las partidas presupuestarias pertinentes del ejercicio
financiero correspondiente.
III.
Que ha tomado debida intervención la Dirección de
Asuntos Jurídicos.
IV.
Que la presente contratación encuadra en el artículo
33 inciso a) contratación directa por el monto -compulsa abreviada-
del Régimen de Contrataciones de la Corte Suprema de Justicia de la
Nación aprobado por Acordada n° 38/2023.
RESOLUCION DA Nº 2017/2025 EXPEDIENTE Nº 4984/2025
Buenos Aires, 4 de septiembre de 2025.-
Por ello, y en virtud de las atribuciones conferidas
mediante el art. 20 a) del anexo I de la acordada mencionada y en
los términos de lo dispuesto en la Acordada n° 20/2022,
SE RESUELVE:
1°) Aprobar la contratación directa por el monto –
compulsa abreviada- relativa a la provisión, instalación y puesta en
funcionamiento de un sistema integral de videovigilancia (CCTV) y
control de accesos en el edificio sito en Hipólito Yrigoyen 2041,
CABA, y adjudicar a la firma “SECURITON ARGENTINA S.A.”, por la suma
total de pesos cincuenta y nueve millones quinientos noventa y dos
mil novecientos uno ($ 59.592.901,00.-) de acuerdo a su propuesta
que surge en la act. 4.
2°) Imputar
el
presente
gasto
a
las
cuentas
presupuestarias
pertinentes
del
ejercicio
financiero
que
corresponda, previo a la emisión de la respectiva orden de compra y
autorizar a la Subdirección de Compras a suscribirla.
Regístrese, comuníquese, publíquese en el portal de la
Corte Suprema de Justicia de la Nación en internet, y gírese
sucesivamente al Departamento de Contabilidad y Presupuesto y
Subdirección de Compras.
LS/DV
Firmado Digitalmente por GILMAN Marcela Karina
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