Comisión de Preadjudicaciones
27/11/2024
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Corte Suprema
ADMINISTRATIVO
Texto del Fallo
\ CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN
Comisión de Preadjudicaciones
DICTAMEN N° 424/24
C.7278/24
Com. de Preadjudicaciones
Yamedie tp N° 5457/24
Resolución SGA N° 2518/24
Buenos Aires, 27 de noviembre de 2024.-
Visto el presente expediente N° 5457/24 por el que tramita la
Licitación Pública N° 321, a los efectos de contratar la adquisición de
útiles menores (consumibles y descartables) con destino al Laboratorio de
Toxicología y Química Legal de la Morgue Judicial, esta Comisión -previa
confección del cuadro comparativo de precios de fs. 651- manifiesta:
A la convocatoria en trámite se presentan ocho (8) ofertas: N°
'POGGI, RAUL JORGE LEON', N° 2 'D AMICO SISTEMAS S.A.', N° 3 'MAGNAFARM
N° 4 'EQUIPAMIENTOS ANALITICOS SA', N° 5 'JENCK S.A.', N° 6 'OMNILAB
RL', N° 7 'COSMOBIO SRL' y N° 8 'SATIA SRL'.
I) DE LA ADMISIBILIDAD
La oferta N° 6 'OMNILAB SRL' no constituye la garantía de
mant
ento de oferta exigida en el artículo 19°) de las Cláusulas
Genera
del Pliego de Bases y Condiciones -cfr. Acta Apertura fojas 259-,
resultan
inadmisible, en los términos del art. 47, inc. b) del Régimen de
Contrataciones de la CSJN, aprobado por Acordada n° 38/2023.
Con fecha 30 de octubre ppdo. se solicitó al Laboratorio de
Toxicología y Química Legal de la Morgue Judicial tenga a bien llevar a cabo
el análisis y evaluación de las ofertas que se presentan al llamado, a
efectos de expedirse respecto de la admisibilidad técnica y conveniencia
económica de las mismas -todo en los términos del del Art. 51, inc. h, del
mencionado Régimen de Contrataciones -ver fs. 660-.
\
A fojas 762/763 obra el informe técnico elaborado por el citado
Laboratorio que, en su carácter de organismo asesor, expresa: "Del estudio de
DA
ofertas y las muestras presentadas surge que (...) los renglones cotizados
por las ofertas N° 1 'POGGI, RAUL JORGE LEON', N° 2 'D AMICO SISTEMAS S.A.',
N° 3 'MAGNAFARM SRL', N° 4 'EQUIPAMIENTOS ANALITICOS SA', N° 5 1 JENCK S.A.'
(...) N° 7 'COSMOBIO SRL', N° 8 'SATIA SRL' se ajustan a los requisitos y
especificaciones técnicas solicitados en el pliego de bases y condiciones,
resultando técnicamente admisibles."
II) DE LA CONVENIENCIA
En cuanto a la conveniencia económica y atento el tiempo
transcurrido entre la estimación presupuestaria realizada por los organismos
competentes a fojas 183/184 y 190 y la fecha de apertura de las ofertas, se
procedió a actualizar la misma -para mejor proveer ver fs. 721-.
Respecto de estos nuevos valores referenciales, el organismo
técnico señala "los valores recibidos por las propuestas N° 1 'POGGI, RAUL
JORGE LEON' para el renglón 6, N° 2 'D AMICO SISTEMAS S.A.' para los renglones
1, 2, 3 y 4, N° 3 'MAGNAFARM SRL' para los renglones 1, 2, 3, 4, 5 y 6, N° 4
'EQUIPAMIENTOS ANALITICOS SA' para los renglones 1, 4 y 5, N° 5 'JENCK S.A.
para el renglón 6, N° 7 'COSMOBIO SRL' para el renglón 4, y N° 8 'SATIA SRL'
para el renglón 1 guardan una adecuada relación con aquellos que pueden ser
considerados equitativos de mercado."
Se destaca que los valores cotizados por las ofertas N° 5
'JENCK S.A.' para los renglones 1, 2, 3, 4 y 5; y N° 7 'COSMOBIO SRL' para
los renglones 1, 2 y 3 resultan inconvenientes.
Por todo lo expuesto queda establecido el siguiente orden de
mérito:
Renglón 1: N° 2 'D AMICO SISTEMAS S.A.' -menor precio y primera
en orden de mérito-; N° 8 'SATIA SRL' -siguiente en orden de mérito-; N° 4
'EQUIPAMIENTOS ANALITICOS SA' -siguiente en orden de mérito- y N° 3
'MAGNAFARM SRL'-siguiente en orden de mérito-.
Renglón 2: N° 3 'MAGNAFARM SRL' -menor precio y primera en
orden de mérito- y N° 2 'D AMICO SISTEMAS S.A.' -siguiente en orden de
mérito-.
Renglón 3: N° 3 'MAGNAFARM SRL' -menor precio y primera en
orden de mérito- y N° 2 'D AMICO SISTEMAS S.A.' -siguiente en orden de
mérito-.
Renglón 4: N° 2 'D AMICO SISTEMAS S.A.' -menor precio y primera
en orden de mérito-; N° 4 'EQUIPAMIENTOS ANALITICOS SA' -siguiente en orden
de mérito-; N° 7 'COSMOBIO SRL'-siguiente en orden de mérito- y N° 3
primera en
Renglón 6: N° 1 'POGGI, RAUL JORGE LEON' -menor
orden de mérito-; N° 3 'MAGNAFARM SRL'-siguiente en
'MAGNAFARM SRL'-siguiente en orden de mérito-.
Renglón 5: N° 4 'EQUIPAMIENTOS ANALITICOS SA'-menor precio y
primera en orden de mérito- y N° 3 'MAGNAFARM SRL'-siguiente en orden de
mérito-.
precio y
orden de
mérito- y N° 5 'JENCK S.A.'-siguiente en orden de mérito-.
Etíc;111111110::
)R. JUAN FACUNDO ROVERE
VOCAL
'OMISIÓN DE PREADJUDICACIONES
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CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN
Comisión de Preadjudicaciones
Resulta pertinente traer a colación el temperamento sostenido
por la Oficina Nacional de Contrataciones, que en su carácter de órgano
Rector ha sostenido "...esta Oficina Nacional tiene dicho que el precio
cotizado merecerá la calificación de vil o no serio y, en consecuencia,
corresponderá desestimar la oferta en los renglones pertinentes, únicamente
cuando de los informes técnicos producidos surja que la misma no podrá ser
cumplida. Es decir, no debe perderse de vista que las causales de
desestimación deben interpretarse con criterio restrictivo, en tanto la regla
es no privar a la Administración de ofertas convenientes, en línea con el
objeto del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, que no es
otro que obtener obras, bienes y al menor costo posible, coadyuvando al
desempeño eficiente de la Administración(Cfr. Dictamen ONC Na
IF-2017-06755277-APN-ONC#MM)".
Se deja constancia que el total a preadjudicar resulta inferior
al valor referencial de fojas 721.
DE LOS ASPECTOS FORMALES
La documentación presentada por las ofertas que integran el
orden de mérito y la incorporada a fojas 652/653, 655/656, 658/659, 669/704,
708/716, 720 y 722/761 y 765 resulta suficiente.
CONCLUSIÓN
Por todo lo expuesto, esta Comisión aconseja:
Adjudicar por oferta más conveniente a las ofertas N° 1 'POGGI,
RAUL JORGE LEON' el renglón 6, N° 2 'D AMICO SISTEMAS S.A.' los renglones 1 y
4 -según muestras-; N° 3 'MAGNAFARM SRL' los renglones 2 y 3; y N° 4
'EQUIPAMIENTOS ANALITICOS SA' el renglón 5.
Devuélvase a la Subdirección de Compras de la Corte Suprema de
Justicia de la Nación.
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