← Volver a resultados

Independencia Nacional

27/12/2024 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
FEDERAL
CIVIL

Voces / Materias

DOMINIO ROBO PROPIEDAD TASA

Normas Citadas

ley 23.853 ley 27.431

Texto del Fallo

Corte Suprema de Justicia de la Nación Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional Vistas las presentes actuaciones, y CONSIDERANDO: I- Que en las actuaciones 1.1, la señora Presidente del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 16 de la Capital Federal, Dra. Inés Cantisani, dispuso que, el automotor marca Mini Cooper, modelo Countrymen, dominio LVH670, decomisado en el marco de la causa N° 6599/6629 (20199/2019 y 59954/2017) -acumuladas-, caratulada: “Imputado: Quiñones, Cristian Nicolás s/ Robo en poblado y en banda. Damnificado: Scaraville, Walter Hugo” quede a disposición del Tribunal, en los términos de la acordada N° 2/2018. II- Que la ley 23.853, establece en el art. 3° que constituyen recursos específicos propios del Poder Judicial de la Nación - entre otros- los efectos secuestrados en causas penales que no hayan podido entregarse a sus dueños, así como los objetos decomisados. Asimismo, el art. 8° de ese cuerpo normativo otorga al Tribunal amplias facultades para disponer de su patrimonio y determinar el régimen de administración y contralor de sus recursos de conformidad a lo previsto en el art. 76 de la ley 27.431. Por ello, SE RESUELVE: 1°) Afectar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación el automotor marca Mini Cooper, modelo Countrymen, dominio LVH670. RESOLUCION Nº 3930/2024 EXPEDIENTE Nº 3458/2024 Buenos Aires, 27 de diciembre de 2024.- 2°) Disponer, a través de la Dirección de Gestión Interna e Infraestructura la tasación de la unidad mencionada en el punto anterior. 3°) Ordenar a la Dirección Nacional de la Propiedad Automotor que expida la documentación que corresponda, autorizando para su suscripción a la Dirección de Gestión Interna e Infraestructura Regístrese, comuníquese al Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 16 de la Capital Federal y remítase a la Dirección de Gestión Interna e Infraestructura del Tribunal. Firmado Digitalmente por ROSATTI Horacio Daniel Firmado Digitalmente por ROSENKRANTZ Carlos Fernando Firmado Digitalmente por MAQUEDA Juan Carlos