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Independencia Nacional

06/12/2024 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
FEDERAL
PROCESAL_EVIDENCIA

Normas Citadas

acordada 20/2022 acordada 38/2023

Texto del Fallo

Corte Suprema de Justicia de la Nación Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional VISTO: Que por las presentes actuaciones tramita una partida especial para erogaciones de la Subdirección de Seguridad; y CONSIDERANDO: Que en la actuación nro. 1 esa Subdirección acompaña el presupuesto y la solicitud mencionada en el visto con el objeto de afrontar gastos de carácter urgente. Que en la actuación nro. 3 el Departamento de Contabilidad y Presupuesto realiza la reserva de fondos con cargo a las partidas presupuestarias del ejercicio financiero 2024. Que han tomado debida intervención la Dirección de Gestión Interna e Infraestructura, y la Dirección de Asuntos Jurídicos. Por ello, en virtud de las atribuciones conferidas mediante resoluciones n° 1455/2022 y 302/2019 y en los términos de lo dispuesto en la acordada 20/2022, SE RESUELVE: 1°) Autorizar a liquidar y abonar a la Dirección de Gestión Interna e Infraestructura la suma de pesos dos millones novecientos ocho mil RESOLUCION DA Nº 3348/2024 EXPEDIENTE Nº 7308/2024 Buenos Aires, 6 de diciembre de 2024.- doscientos sesenta ($2.908.260.-) en concepto de partida especial, con cargo a rendir cuenta de su inversión. 2º) La presente partida se somete a la respectiva rendición de cuenta la que se imputará a la cuenta del ejercicio financiero pertinente. A sus efectos deberá prestarse observancia al procedimiento dispuesto en el último párrafo del artículo 33 del régimen de contrataciones de la Corte Suprema de Justicia de la Nación aprobado por acordada 38/2023 y acompañar las constancias pertinentes al momento de su rendición. 3°) Autorizar a los departamentos involucrados a realizar los ajustes contables y financieros que correspondan. Regístrese, comuníquese, publíquese en el portal de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en Internet, y gírese a la Dirección de Administración. JL Firmado Digitalmente por ODASSO Carmen Maria