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Que por Resolución N° 2740 2021 ver fs. 70 se adjudicó la

13/12/2021 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
FEDERAL
CIVIL

Voces / Materias

CONTRATO

Normas Citadas

decreto 5720/72 Resolución N° 2740 Resolución Nº 1562 Resolución N° 2317

Texto del Fallo

Corte Suprema de Justicia de la Nación Vistas las presentes actuaciones mediante las cuales se tramitó la confección y provisión de cajones para inhumación administrativa con destino a la Oficina de Servicios Generales de la Morgue Judicial; y CONSIDERANDO: Que por Resolución N° 2740/2021 (ver fs. 70) se adjudicó la provisión antedicha a la firma “COOPERATIVA DE TRABAJO LA NACIONAL LIMITADA” por la suma de pesos dos millones cuatrocientos un mil quinientos ($ 2.401.500,00) procediéndose en consecuencia a emitir la orden de compra N° 716/2021 (confr. fs. 76). Que conforme surge de la factura, cuya copia se agrega a fs. 121 y del informe de la Oficina de Servicios Generales de la Morgue Judicial a fs. 122, la empresa adjudicataria realizó la provisión en cuestión el día 30 de diciembre ppdo., vencido el plazo de entrega que operó el día 13 de diciembre de 2021, por lo cual se produjo una mora de diecisiete días (17) días corridos en el cumplimiento del contrato. Que en concordancia con lo establecido en el inciso 118°, de la reglamentación del artículo 61° del régimen establecido en el decreto 5720/72- adoptado por el Tribunal para las contrataciones del Poder Judicial de la Nación (Resolución Nº 1562/00), le corresponde la aplicación de una multa del dos por ciento (2%) del monto incumplido. RESOLUCION DA Nº 4/2022 EXPEDIENTE Nº 5501/2021 Buenos Aires, 28 de enero de 2022.- Por ello, y en virtud de las atribuciones conferidas por Resolución N° 2317/21, SE RESUELVE: 1°) Aplicar a la firma “COOPERATIVA DE TRABAJO LA NACIONAL LIMITADA” la sanción de multa en el cumplimiento del contrato formalizado mediante la emisión de la orden de compra N° 716/2021, equivalente al dos por ciento (2%) del monto incumplido en la provisión antedicha, por la suma de pesos tres mil trescientos noventa ($ 3.390 ,00.-), por las razones invocadas precedentemente. 2°) Deducir de la factura N° 00002-00000352, obrante en el expediente N° 36/2022, el importe de la multa determinada en el punto 1°). Regístrese, comuníquese a la firma, publíquese en el portal de la Corte Suprema de Justicia de la Nación de internet y gírese a la Dirección de Administración. Firmado Digitalmente por GILMAN Marcela Karina