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I. Que María Eugenia Wayar de Buitrago, oficial de la

04/11/2025 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
FEDERAL
CIVIL

Normas Citadas

acordada 12/2024

Texto del Fallo

Corte Suprema de Justicia de la Nación Vistos los autos de referencia, y CONSIDERANDO: I. Que María Eugenia Wayar de Buitrago, oficial de la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, solicita que se le otorgue licencia extraordinaria con goce de haberes por los motivos invocados y en razón de haber agotado el plazo previsto en el artículo 29 del Régimen de Licencias para Magistrados, Funcionarios y Empleados de la Justicia Nacional. II. Que ha tomado intervención la Presidente de la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán sin formular objeciones, toda vez que no se vería afectada la correcta prestación del servicio de justicia. III. Que, en el caso, median razones debidamente acreditadas que resulta necesario contemplar, pues –conforme lo informado- la agente agotó los días de licencia por atención de familiar enfermo previsto en el artículo 29 del R.L.M.F.E.J.N., por lo que corresponde hacer lugar a lo requerido (conf. precedentes de resoluciones nros. 3258/2020; 3285/2022; 774/2024; 2624/2024; 3773/2024 y 451/2025, entre otros). IV. Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas en el artículo 11 del Régimen de Licencias para Magistrados, Funcionarios y Empleados de la Justicia Nacional. RESOLUCION CSJN Nº 2610/2025 EXPEDIENTE Nº 5936/2025 Buenos Aires, 4 de noviembre de 2025.- V. Que la medida se adopta tomando en cuenta la cantidad de Ministros habilitados que participan de la decisión y lo establecido, en lo pertinente, en el punto dispositivo segundo de la acordada 12/2024. Por ello, SE RESUELVE: Prorrogar la licencia con goce de haberes a María Eugenia Wayar de Buitrago, oficial de la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, desde su vencimiento y hasta el 31 de diciembre de 2025, en los términos del artículo 11 del Régimen de Licencias para Magistrados, Funcionarios y Empleados de la Justicia Nacional. Regístrese, hágase saber y oportunamente archívese.- Firmado Digitalmente por ROSATTI Horacio Daniel Firmado Digitalmente por ROSENKRANTZ Carlos Fernando Firmado Digitalmente por LORENZETTI Ricardo Luis