I. Que el señor Alfredo Rubén García solicita el pago
28/05/2026
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
ADMINISTRATIVO
Voces / Materias
REVISIÓN
JUBILACIÓN
Normas Citadas
ley 24.018
resolución
n° 3579
Texto del Fallo
Corte Suprema de Justicia de la Nación
Vistos los autos de referencia, y
CONSIDERANDO:
I. Que el señor Alfredo Rubén García solicita el pago
del anticipo de jubilación normado en el art. 11 de la ley 24.018
y modificatorias, en atención a que se desempeñaba como jefe de
despacho del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil n°
88 y le fue aceptada la renuncia definitiva a partir del
01/03/2026 –actuación n° 1.1.7/16 y 23/29-.
II. Que según surge de las constancias acompañadas por
el Departamento de Previsión y Asistencia Social del Consejo de la
Magistratura, al interesado le fue reconocido el derecho a la
jubilación el 15/05/2025 y se le otorgó el cese definitivo en sus
funciones en la fecha precedentemente señalada, pero aún no
percibe el mencionado beneficio –actuación n° 1.1.17/21 y 45-.
III. Que, asimismo, teniendo en cuenta la finalidad de
la norma citada y en atención al carácter alimentario y
asistencial del beneficio en cuestión corresponde hacer lugar a lo
solicitado –conf. res. n° 1901/2021-.
IV. Que la presente medida se dicta conforme a lo
establecido en el punto resolutivo 1°, inciso c), de la resolución
n° 3579/2024 del Tribunal.
Por ello,
SE RESUELVE:
RESOLUCION SGA Nº 1257/2026 EXPEDIENTE Nº 3221/2026
Buenos Aires, 28 de mayo de 2026.-
Hacer saber a la Administración General del Consejo de
la Magistratura que, una vez verificados los extremos que invoca
el señor Alfredo Rubén García, corresponde liquidar el anticipo
establecido en el art. 11 de la ley 24.018 y modificatorias, a
favor de aquel hasta el efectivo cobro de la jubilación.
Regístrese y hágase saber.-
Firmado Digitalmente por PRATAVIERA Gerardo Gabriel
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