Los Señores Ministros que suscriben la presente,
21/10/2025
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
PROCESAL_EVIDENCIA
Normas Citadas
Acordada 14/2009
Acordada 18/2023
acordada 15/2023
acordada 12/2024
Texto del Fallo
Corte Suprema de Justicia de la Nación
Los Señores Ministros que suscriben la presente,
CONSIDERARON:
I) Que por Acordada 14/2009 se dispuso un reintegro
mensual en concepto de gastos de guarderías o jardines maternales
para todos los agentes del Poder Judicial de la Nación que reúnan
los recaudos allí establecidos, siendo su última determinación
mediante Acordada 18/2023, del 12/06/2023.
II) Que en atención al tiempo transcurrido, deviene
necesario readecuar el monto del reintegro en cuestión. A tales
efectos, se cuenta con partidas presupuestarias suficientes para
afrontar el gasto que implica dicho incremento.
III) Que, asimismo, corresponde delegar en el Secretario
General de Administración la facultad para readecuar semestralmente
las sumas en dicho concepto en proporción con los aumentos salariales
que disponga el Tribunal en el período, previa verificación de que
se cuente con las partidas presupuestarias correspondientes.
IV) Que han tomado intervención la Secretaría Jurídica
General y la Secretaría General de Administración.
V) Que, en atención a la naturaleza de la decisión,
resulta aplicable la excepción prevista en el punto dispositivo 6
de la acordada 15/2023. Asimismo, y en razón de la cantidad de
Ministros habilitados que participan, la medida se adopta de acuerdo
ACORDADA Nº 33/2025 EXPEDIENTE Nº 1683/2023
Buenos Aires, 21 de octubre de 2025.-
a lo establecido, en lo pertinente, en el punto dispositivo segundo
de la acordada 12/2024.
Por ello,
ACORDARON:
1º) Establecer que, a partir del día de la fecha el monto
del reintegro establecido en la Acordada 14/2009 será de ciento
setenta mil pesos ($ 170.000).
2°) Delegar en el Secretario General de Administración
la facultad para readecuar semestralmente las sumas establecidas en
el punto dispositivo anterior en proporción con los aumentos
salariales que disponga el Tribunal en el período, y previa
verificación de que se cuente con las partidas presupuestarias
correspondientes.
La respectiva resolución se publicará en el sitio
institucional del Tribunal y se informará al Consejo de la
Magistratura de la Nación.
3º) Ordenar que se afecten las partidas presupuestarias
correspondientes.
Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando que se
comunique, se publique en el sitio web del Tribunal y se registre
en el libro correspondiente, de lo que doy fe.
Firmado Digitalmente por ROSATTI Horacio Daniel
Firmado Digitalmente por ROSENKRANTZ Carlos Fernando
Firmado Digitalmente por PRATAVIERA Gerardo Gabriel
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