← Volver a resultados

Que la Sra. Jueza titular del Juzgado Nacional en lo

27/02/2007 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
FEDERAL
ELECTORAL

Voces / Materias

COMPETENCIA ELECTORAL

Normas Citadas

Resolución 3579 resolución n° 546 Resolución n° 622

Texto del Fallo

Corte Suprema de Justicia de la Nación Visto la solicitud de la Sra. Jueza con competencia electoral en CABA, y CONSIDERANDO: I. Que la Sra. Jueza titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal n° 1 con competencia electoral en Capital Federal solicita que se conceda autorización a funcionarios de ese juzgado para la realización de horas extraordinarias electorales durante el ejercicio 2026. II. Que en la actuación 17 obra la nota “NO-2026- 17291773-GCABA-IGE” por medio de la cual el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires presta conformidad para la utilización durante el ejercicio 2026 de los fondos remanentes que fueran transferidos oportunamente en virtud del Convenio de Colaboración N°9-GCABA-2007 (Cláusula Décimo sexta), suscripto el 27 de febrero de 2007 entre ese juzgado, la Cámara Nacional Electoral y el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. III. Que el gasto que demanden las horas extras solicitadas será afrontado con los fondos transferidos por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en virtud del convenio de colaboración detallado en el considerando II. IV. Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado intervención. RESOLUCION SGA Nº 1400/2026 EXPEDIENTE Nº 842/2025 Buenos Aires, 17 de junio de 2026.- Por ello, en el marco de las facultades conferidas mediante art. 1° j) de la Resolución 3579/2024, SE RESUELVE: 1°) Autorizar al Secretario de Juzgado, al Secretario Electoral y a los Prosecretarios Electorales del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal n° 1 con competencia electoral en el distrito Capital Federal, a realizar horas extraordinarias, de en las condiciones previstas en la resolución n° 546/2009 –y modificatorias- y a los valores fijados por la Resolución n° 622/2025. 2°) Autorizar a la Dirección de Administración Financiera del Consejo de la Magistratura a efectuar la liquidación de las horas extraordinarias autorizadas, aclarando que el gasto que demanden deberá ser solventado con los fondos descriptos en el considerando II, no implicando erogación alguna para el Poder Judicial de la Nación. Regístrese, comuníquese al Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal n° 1, a la Cámara Nacional Electoral y a la Dirección de Administración Financiera del Consejo de la Magistratura de la Nación. Firmado Digitalmente por PRATAVIERA Gerardo Gabriel