RICARDO LUIS LmlENZETII
04/07/2014
|
Cámara
Federal
de
Apelaciones
de
CIVIL
Texto del Fallo
Expte.
n°
705/14.-
Buenos
Aires,)3 de
de
2014.
Visto
el
expediente
caratulado
"Cámara
Federal
de
Apelaciones
de
la
Seguridad
Social
-
Comunicación
-
Feriados
Judiciales
-
2014",
Y
CONSIDERANDO:
Que
el
Presidente
de
la
Cámara
Federal
de
la
Seguridad
Social
eleva
-sin
objeciones
y
compartiendo
sus
fundamentos-
la
presentación
del
juez
subrogante
del
Juzgado
Federal
de
Primera
Instancia
de
la
Seguridad
Social
nro.
3,
quien
solicita
se
conceda
feria
judicial
para
la
Secretaría
2
desde
el
30
de
junio
hasta
el
4
de
julio
del
corriente
año.
Funda
la
petición
en
la
necesidad
de
reorganizar
las
Mesas
de
Entradas
de
esa
Secretaría,
atento
el
volumen
de
causas
que
en
ella
se
tramitan,
"y
toda
vez
que
surge
la
necesidad
de
disponer
de
todo
el
personal"
de
esa
dependencia
(fs.
28/30).
Que
en
atención
a
que
se
trata
de
una
situación
excepcional,
en
tanto
resulta
necesaria
la
adopción
de
medidas
adecuadas
para
evitar
perjuicios
en
la
prestación
del
servicio
de
justicia,
SE
RESUELVE:
1
)
Declarar
inhábiles
los
días
comprendidos
entre
el
30
de
junio
y
el
4
de
julio
de
2014
ambas
fechas
inclusi ve-
para
el
Juzgado
Federal
de
Primera
Instancia
de
la
Seguridad
Social
nro.
3,
Secretaria
nro.
2,
sin
perjuicio
de
la
validez
de
los
actos
procesales
que
sean
cumplidos.
2)
Rei terar
a
la
Camara
Federal
de
la
Seguridad
Social
y,
por
su
intermedio,
a
los
Juzgados
Federales
de
Primera
Instancia
baj o
su
dependencia
que
los
trabaj os
que
requieran
la
suspensi6n
de
las
acti vidades
de
los
tribunales
deberan
programarse,
en
lo
posible,
durante
las
ferias
judciales
y/o
fuera
del
horario
judicial,
conforme
se
hizo
saber
mediante
la
providencia
del
19
de
marzo
de
2013
-expediente
1540/13-
(cfr.
res.
2592/13,
705/14
Y
1084/14)
.
Registrese
y
hagase
saber
con
copia
de
la
prOVidenCia-
L
mencionada
RICARDO LUIS LmlENZETII
PRESiDE"r:E,
[JE: LA
CORiE SUPRDJ1A DE ,JUSTiCIA
DE
l.A N,\C;Ohl
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