PAE itjÍ;U'¡lE OE tA
Sin fecha
|
Cámara
Federal
de
Apelaciones
de
LABORAL_SEGURIDAD_SOCIAL
Voces / Materias
PENSIÓN
Texto del Fallo
Resolución
nO ;2J.2301Jl{. •
Expte.
nO
1056/14
(eses.
22448/14
y
2458/14)
.-
Buenos
Aires,
l.\ de k
de
2014
Vistas
las
presentes
actuaciones,
por
las
que
la
Cámara
Federal
de
Apelaciones
de
Comodoro
/
Rivadavia,
mediante
acuerdos
nros.
181/14
Y
187/14
-fs.
56
Y
60-,
decretó
asueto
judicial
para
el
Juzgado
Federal
de
Rio
Gallegos
desde
el
21
de
agosto
hasta
el
5
de
septiembre
suspensión
de
términos,
inclusive,
con
teniendo
validez
los
actos
procesales
que
se
cumplan,
toda
vez
que
se
mantienen
los
inconvenientes
suscitados
por
la
rotura
de
un
cano
que
provocó
la
inundación
del
lugar
donde
se
encuentra
la
caldera,
saltando
la
válvula
de
seguridad
(cfr.
res.
1901/14,
2002/14,
2049/14
Y
2095/14);
las
facultades
establecidas
en
el
arto
2
del
Reglamento
para
la
Justicia
Nacional,
SE
RESUELVE:
1)
Ratificar
los
acuerdos
181/14
y
187/14
de
la
Cámara
Federal
de
Apelaciones
de
Comodoro
Rivadavia.
2)
Solicitar
de
la
Cámara
Federal
de
Apelaciones'
de
Comodoro
Rivadavia
que
tenga
a
bien
informar
-en
forma
urgente-
el
estado
de
los
trabajos
que
se
estuvieren
realizando
para
reparar
los
desperfectos
que
generaron
el
dictado
de
las
resoluciones
1901/14,
2002/14,
2049/14
Y
2095/14,
Y
el
tiempo
que
demandará
su
culminación.
Regístrese
y
há
/'
/"
saber.
U'B LORENZETTI
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