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Ouo.-La viuda y herederos de O. Santiago Darrionuovo,

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMERCIAL
Tomo 10 ID: fallos_10_4

Voces / Materias

QUIEBRA CONCURSO

Texto del Fallo

8 FALLOS DE LA SUrREMA CORTE Ouo.-La viuda y herederos de O. Santiago Darrionuovo, vecinos de Santiago del Estero, demandaron 1\ O. Gorvasio del Mármol, vecino del Rosario de Santa-Fé, el pago do la suma de 354 7 ps. ·4 rs. do 17 en onza, que esto dcbia á aquel. O. Gervasio del Mármol declinó do jurisdiccion diciendo que el crédito demandado se hallaba comprendido en el con- curso que se le formó ante el Juzgado de Comercio del Ro- sario, y que por tal razon el conocimiento do la demanda correspondía exclusivamente á dicho Juzgado con arreglo al inc. 3 del art. i3 de la ley do procedimientos, é inc. i art. t 2 de la ley de jurisdiccion de los 'f•·ibunalos Nacio- nales. Conferido traslado, los demandantes contestaron que el juicio de concurso que se formó á Del Mármol babia ya terminado por haberle otorgado la mayor parte de los acreo- dores la carta de pago, con la que fué rehabilitado judicial- mente, devoh•iéndoselo sus bienes, siendo así que actual- mente comerciaba en el Rosario, formando parto de la razon social Mármol y Gutierrez. So abrió á prueba el artículo. Mármol confesó que habia terminado el juicio do quiebra ; que se le habían devuelto los papeles do la casa, y los bie- nes concursados; que sus acrt}edoros le otorgaron carta do pago á mérito del concordato que celebró con ellos; que actualmente comerciaba y era socio de la casa Mármol y Gutierrez ¡ que despues de su rehabilitacion vendió su casa para pagar una hipoteca que la gravaba. Se presentaron las actas relativas á la apertura del con· curso formado á del Mármol en i 7 de Febrero do {862, y al concordato hecho por el mismo, carla do pago otorgada por loa acreedores, en 5 de Julio de i8G7 y rehabililacion del fallido en t 3 de Agosto de i 8G7.