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F.. do lt~ prim e~·a , dos I<'Lr·as por valor de J 90 onzas de oro á

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 10 ID: fallos_10_101

Jueces

Gondra

Voces / Materias

RESPONSABILIDAD

Texto del Fallo

m. JUSTICIA 1'\ACIONAI •. 105 púhli.!a Oriental tlcl Uruguay Dr. D. José Vasquez Sagastumc, residente en la del Paraguay, girú contra el Ministro de R. F.. do lt~ prim e~·a , dos I<'Lr·as por valor de J 90 onzas de oro á ra,·ur tic Gondra linos. Lns lclrns fueron acepladns por el Gobierno Oriental, pero no pngatlns á su vencimiento, por lo que Gondra Hnos. las protestaron. En seguida demandaron ejecutivamente el pngo de las mismas al nr. Vasquez Sagastume, residente en Buenos Aires, pidicr11lo se despachase el auto de solvemlo . . Dueoos Aires, Febrero U de 18,1. Resultando do la esposicion del solicitante, y de lo~ do- cur.lentos acompaiíatlos, que el demandado libró la letra, cuyo cobro se persigue, en su carácter de Ministro acredi- tado por el Gobierno Oriental cerca del do la República del Paraguay, y C! UC J•Or consecuencia no contraía la obli- gacion personal do tal librador, sinó en cunnto hubiese he- cho dicho jiro sin estar competentemente autorizado por su Gobieino; y habiendo el Gobierno Oriental acoplado el giro de su .Mmistro, como consta do los documeutos aJjunlos, y está probado, y que por lo tanto está cubierto de toda responsabilidad, no ha lugar ;, la ejccut~ion que se solicita. Zavaleta. Este nuto fuó confirmado por el siguiente : Duenos Aire~ . Marzo 11 de 1871. Vistos : por sus rundamentos, se confirmi\ el auto :~pelado T. r. 8.