En Junio do ·1870 Potazzi hizo reconocer la firma al P.
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 10
ID: fallos_10_103
Jueces
Costa
Mendoza
Texto del Fallo
•
lJE mSTJCIA NACIONAL.
-10'1
En Junio do ·1870 Potazzi hizo reconocer la firma al P.
nurela y cnt;~hló accion ejccuti\"ét por el pngo contra el
Convento.
Aceptada csla por el Juzgado de Seccion- y despachado el
mandamiento de ejecucion contra los bi6nes del Convento,
el Prior do este, que lo era entonces Fr. José M. Barros,
esposo que nada tenin que ver con el juicio, pues el Con-
vento tenia su representante, D. Pascual Ruiz, á quien se
notificó la diligencia de eml•argo.
Ruiz so presentó entonces y pidió so anulara todo lo obra-
do, por no hnbcr sido ól notificado del auto de solvendo.
Petazzi contestó c¡ue Huiz no lenia personería por no ha-
ber presentado poder.
El Juez nsi lo declaró, y mnndó lle\'ar adelante la ej ~
cuc•on.
Ruiz presentó el poder del Convento, fuó citado de ro-
mate ¡ y no habiendo opuesto escepcion, se dictó el siguien-
te :
Mendoza, Noviembre 4 de 18i0.
Siendo pasado el término que prescribe el articulo 208
de la Ley de procedimientos, sin oposicion ¡ fallo, que el
Prior del Convento Dombico debe pagar á D. Andrés Pe-
tazzi la suma á que so r~flere el auto de solvendo con costas.
Así lo decreto, y mando que so baga trance y remate de
los bienes embargados hasta hacer efectivo pago al acree-
dor en la forma susodicha.
Jtwn Palma.
Ruiz apeló de la sentencie, alegando que el juicio no ha-
t.ia sido tramitado en la forma legnl.