DE JUSTIGI.\ ;'iACIUNAL.
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 10
ID: fallos_10_113
Jueces
Costa
Texto del Fallo
DE JUSTIGI.\ ;'iACIUNAL.
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úrden 1le los consignatarios do 2& de Junio para entregar
al patron del • Cayelano • una lancha llena do carbon, lo-
mando recibo¡ otra órden igual pnra d patron del • Goróni-
mo • ; una carla de los mismos, avisando que Wild estaba
encargado para rocibir el carbon segun el conocimiento ;
una carla en que los consignatarios dicen que ol capitan
desea sabor el poso del c:u·bon desembarcado P.n las lanchas
e Gerónimo , y e Cayetano • ¡ y otra carla de los mismos
al capitan, pidiendo una nota de las lanchas que habían sa-
lido del costado del buque, y el peso que llevó cada uno.
Conferido lrnslado, los demandados contestaron en cuanto
á las estadías, t1ue ellas fueron causadas por culpa del ca-
pitan, que en dos ocasiones se negó á entregar carga; en
cuanto á la ulterior demora, que ella ora imputable tambion
al capitan que les hahia obligado á deducir sus reclamos
para cumplir con sus obligaciones; en cuanto á la falla,
que ella existía, segun el romaneo, habiendo convenido en
él el ca pitan; y que el ·precio do t 2 pfts. era el mínimum
que podían cobrar, pues habían tenido que pngar el derecho
de introduccion.
El Juez de Seccion nbrió In causa á prueba sobre los si-
guientes puntos.
t o Si es verdad •tu e el ca pila u se negó en dos ocasiones
á entregar carga, y cual fué la demora quo causó.
2o Si es verdad que el capit:m reconoció la exactitud do
In falla de carbon.
3o Qué precio se convino por las 8 toneladas de.carbon
vendidas al buque, y en su defecto r,uál era el precio cor-
riente.
La prueba rendida fué la siguiente:
Sobre el primor punto declararon O. Cayclano Doby, y D.
Federico Wild ¡ el primero, que en dos ocasiones se negó
el piloto á entregar carbon á las lanchas, dando por motivo,