Agosto siguiente, como igualmente por la carla de fleta-
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 10
ID: fallos_10_118
Voces / Materias
DAÑOS Y PERJUICIOS
Normas Citadas
Ley 32
Texto del Fallo
f22
FALLOS DE LA SUPI\EIIA COI\TE
Agosto siguiente, como igualmente por la carla de fleta-
mento que la descarga dcbia hacerse por los fletadores den-
tro del plazo que espiró el 28 de Julio, so pena de pagar las
sobre-estadios¡ está probada ·la obligacion por parte de los
fletadores 6 sus representantes do pag.u dichas sobre-esta-
días, salvo que justificasen excepcion que los exonerase de
dicha obligacion.
2o Que la sola excepcion opuesta por los Sres. Fiondel-
burg Schatz y Ca. es que las demoras fueron causadas por
el piloto, y olla no está justificada, por cuanto la dcolarncion
de D. Cayetano Daby no es bastanlo p~~ra acreditar que las
demoras fueron causadas por el piloto, porque, aparte de
ignorar 6 no recordar ol nombro de los lancheros á los que
se les negó el carbon y la fecha en que dicha negativo tuvo
lugar, por su singularidad no merecería fé, con arreglo á la
Ley 32, Tít. 16, Part. 3a que exige dos testigos inlachahles
que concuerden en la persona, hecho, caso, tiempo y lugar
en que pasó.
So Considerando que el segundo punto comprendido en la
demanda á saber, las estadías cobradas como dafios y
perjuicios por la demora en el pogo de los fletes : 1 o que
los fletes fueron embargados por órden do este Juzgado y
á peticion de los fletadores para responder al juicio IJUO estos
promovieron contra el capitan, y que el decidir si Fiendel-
hurg Schatz y C•. tuvieron derecho para pedirlo, no es
materia de este juicio, sinó do aquel en <JUC dicho embarro
fué decretado : 2° que por otra parte los daños y perjuicios
suFridos por el acrtledor y que el deudor dehe indemnizarle,
no son sinó los que sean consecuencia directa ó inmediata
de la falta de oump\imiento, y en este caso no concurre tal
circunstancia, porque la demora de la salida del buque no
ea consecuencia inmediata y directa de la demora de loa
fletes, y tanto menos lo ea cuanto que pudo evitarla el ea·