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Se confirió traslado de esta.

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 10 ID: fallos_10_190

Texto del Fallo

tN rALLOS D& LA SUPRIMA CORTI Se confirió traslado de esta. El representante Je Alvarez pidió rcoonsideracion del decreto conflriendo traslado, diciendo que debía declararse desierto el recurso por ser claro al art. 217 do la ley d., procedimientos ... Sustanciado el reclamo, se dictó el siguiente : Ealle de la. 8up•••• ~••te. Buenos Aires, Junio 21 de i81t. Considerando que el articulo doscientos diez y siete de la ley de procedimientos está redactado en términos pre- ceptivos, é impona el deber á la Suprema Corte, de dar por desierto el recurso, desde que, habiendo pasado el término legal para esprcsar apra\'ios, se acuse rebeldía por aquel á quien aprovecha le1 •ntcncia de primera ina- tancia, decayendo el recurso por el hecho mismo de acu- sarse la rebeldía, y aun antes de que sea esta proveida, desde que la Suprema Corto no puede dictar otra provi- dencia que la que rigorosamcnte preceptúa el mencionado articulo ; y habiéndose acusado rebeldía por Don Adolfo Aldao, media hora antes de que se presentase la espresion de agravios por el representante del doctor Guido Bonnati, segun consta por las notas do Secretaría en los respecti- vos escritos ; ae revoca la providencia de foj~ doscientos treinta y dos, por la cual se confirió tradadu; doclárase, efl cons~ou enoia , desierto el recurso de apolacion, y so devuelve el espediente, prévio pago por el apelante de las oos1as causadas y reposicion de sellos. SALVADOR \fARIA DEL CARRIL. - FRANCI3• co DEt.GADO.- .lost! BAtmos PAzos. - MARCELINO UGARTE. ~