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Contiende' de compelenciiJ entre el Ilmo. S1·. Obispo de San Juan

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
PENAL
Tomo 10 ID: fallos_10_278

Voces / Materias

DELITO

Normas Citadas

ley 6

Texto del Fallo

282 f'ALUIS DE LA StJPI\EMA COI\TF. t :~t_ ~A Llll. Contiende' de compelenciiJ entre el Ilmo. S1·. Obispo de San Juan de Cuyo, y el Jue.: ele fa, SecciOIL de San Juan, e11 la catua co11tra el Pt·ovisar del Obispad{J Dr. D. llraitlio Laspittr, por defraudaciotl de rentas fiscales. St~mnrio.- '1 o Las rentas fiscales no pueden ser invertidas sinó con arreglo á la ley 6 presupuesto de gastos nacionales. 2o La ley del presupuesto determina la inversion que debe darse á los fondos votados para el sostenimiento del culto. 3° Por el hecho de entr~garse al halulitado de la respec- tiva Iglesia para que tengan la aplicacion señalada, no se cambia la naturaleza do esos bienes. 4o El habilitado procede en eso como ajen te del P. E. N. á quien compete la inversion, y quien podria hacerlo por medio de empleados directamente nombt•ados y dependientes de él. 5° La imputacion de que dichos fondos hayan sido de- fraudados, constituye la de un delito sometido para su juzga- miento á los Tribunales federales. r.aso.-F.n 11 de Marzo de 1871 se preseltló ante el Juez