DE JUSTICIA NACIONAL.
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 10
ID: fallos_10_351
Texto del Fallo
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DE JUSTICIA NACIONAL.
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1>. Cesnr Palacios, antes de contestar la demanda, pidió
que Cltavarri arraigase el juicio.
Formado artículo, se rosoh•ió accediendo á la prelcn-
SJOn de Palacios.
Chavarri pidió revocatoria y npeló, y no so hizo lugar á
ninguno do los recursos.
Apeló entonces de hecho ante la Suprema Corte alegan-
do (JU O el arL. 7ti. do la ley do procedimientos en el que
so lwbia fundado el .lucz de • cccion se refería al domicilio
fuo¡•u do la 1\opt'IIJi ica, y no al domicilio l'uera do la Scc-
c•on.
Que no había ley algu na r¡uo obligase tt un ciudadano
do una prorincia á arr·aif)ar el juicio cuando demandaba
ni ciudadano de otra ante lo
tribunales do esta¡ y que
concediendo la Cunslttucion al r:strangcro habitante de la
~a cio n los mismos dBrccho ci\'ilcs que al ciudadano, no
p•·d i~· cxigí•·sclc la fianw de arr·aigo en el presente
c :~ so.
Que no pt11licndo las leyes ser co nlr:~tl i c to ria s de las ga-
rnnlias acunlatlas por la C1H1stitucion, el ar·L. i:\. citado no
po1lia tener vlra
iu l c r· ¡ ~t·e : l acion t¡uo la de cxijirso la fiarn n
:l lns cstrangcros, que 110
icnJo dorniciliarlos en la 1\opú-
hlica rinicscn ú demandar ú los ciudadanos domiciliados
en ella.
La Suvrcma Corte pidió infurmo al Juez do Scccion,
quien transcribió lus autos rclatiros, dicientlo quo su opi-
uion ora que el art. 7.t
COI'I'cspondia tambion á los es-
trangoros tlomiciliaclos on la 1\epúblit:a,
1 oro fuera de la
Seccion, y que el escrito do Cltavarri á que contestaba
con su informe er,\ brillante, oropel falso, pero nada de
sustancia.