Cuyo• procedentes de la venta tlo In Chacarilla celebrada
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMERCIAL
Tomo 10
ID: fallos_10_379
Jueces
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Voces / Materias
BANCO
PROPIEDAD
Texto del Fallo
.au Juan. Sctic111hrc U do 1810.
Vistos¡ el Procu1·ador Fiscal demanda la entrega de 4470
pesos, que Don Vtctoriano Callo depositó Cll el e Banco de
Cuyo• procedentes de la venta tlo In Chacarilla celebrada
por F1·ay José PJuliuo Albar•·:H:iu, y Lamhicn r1ue el Estado
sea subrogado cu el derecho á coLra1· 5,000 y lantos pcsoll
<J u e q ued<~ doLiendo proceden les de la misma venta, obli·
g<~ci o n I'Jlle consta Jc cscr·ilura públic:t otorgada á fovo r
del l'au re Alhn•·•·nein. El Jl:ulro AIIJart'ncin dice que hmieu-
do un \':tic :í la úrc.lcn por la cnntidad depositada no hay
mas acreedor que él, y que solo por cndo o seria trans-
misible su crédito. Agrega l;11n1Jien, t¡uo aclmitiendo como
legal la cxtincion drl ConrcnltJ c.leiJeria se•· llamac.lo á ren-
dir cuentas, y con lo cspu ()stl) por el
1'. Gallo, y consi-
dernudo: to (lue po•· la ley do 1G Jc Agosto del corriente
año se declara estint!uido el Com·ento de Santo Domingo,
y sus temporalidadcs de propiedad fiscal ; 2o Que aunque
el Sr. Gnllo hnya darlo al Padre ,\lbarraciu un volo ú lo
órclen po1· el ralo•· do la \'Cilla ele la Cl.acarilla queda por
Ministerio de la ley subrogado el Estado en los derccllos
do ncrcedor, Cód tic Com. Se1c. 2•, Li!Jro 2o, tít. t 5 ; 3o
Que la rcndiciou do cuentas o:; materia do un juicio dis-
tin to c.lel que so trata. Por estos fundatncnlos y de acuet·do
con la ley del 1 G Jc Agostu del corrie-nte año ¡ fallo, y
declaro: que los 4,470 pesos tlcpositados en el ·Banco do
C11yo • ingresen en arcas Fi, calcs pnr;• cuyo cl'ecto so ro-
miliró al ~ l i u is t et·io Jo GcJhicmo el oliciu con·espontlicntú,
y notil'ic¡ucsc al Gct·cnLc del Danco de Cuyo para que haga
la entrega ; quc,Jondo subrogado en el Estado el d~recho á