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DE JUSTICIA NACIONAL.

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CIVIL
Tomo 11 ID: fallos_11_109

Voces / Materias

PROPIEDAD NULIDAD

Texto del Fallo

DE JUSTICIA NACIONAL. H3 ssc á favor do Rivera, en Ja que consta estar hipotecada la parte del molino de propiedad de aquella, para garan- tir el pago de una deuda de cinco mil pesos moneda chilena que reconoce deber á Rivera 2" Que por parte de la ejecutada se reconoce la obliga- cion á favor de l1tvera, y la justicia de la terMría, y por p01rte del ejecutante Cano, representado por D. Jacinto Lártiga, se alega la nulidad del instrumento hipotecario : 1 o Pur haberse otorgado siuwlada111enle y sin existir real- mente la obligacion que ella contiene, con el objeto de defraudar sus derechos, complotándose para ello la ejecu· lada y el tercer opositor, que vi\'en juntos bajo un mismo lecho y haciendo vida comun ; 2o Porque la hipoteca que ospresa el documento, ha sido registrada con posteriori- dad al tie111po designado por la ley •Jrgánica del Poder judicial de la Pro\'incia en su art. 84 ¡ y 3° Port¡ue al otorgarse dicho inslNmento el tercer opositor Riverél sa- Lia que la Sra. Labourasse ora deudora por varias canti- dades á O. ~l l)ises Cano f• plazo lijo, siendo ejecutada por un cr·édito ya vencido, teniendo por lo mismo un princi- pio doloso y fraudulento la constilucioo de la obligacion hipntecaria á l'avor de Rivera. 3., Que respecto del primer fundamento do nulidad de la escritura hipotecaria, no se Ita probado por el ejecn- tanle Lárliga el l1eclto de la simulacion y falsedad de la o~ligacio n , como debió hacerlo en el tiempo competente para desvirtuar lo que resulta de un instrumento público y fehaciente como el presentado por el tercer opositor, no pudiendo bastar á este objtllo el hecho aislado de \'ivir 1\ivera con la ejecutada, haciendo vida comun bajo un mismo techo, ni menos el que no se le conociera capital propio ni ageno en el tiempo en que se constituyó la obli· ¡acion, hecho que á ma~or abundamieoLo no &e ha pro• '