Constitucion Nacional, lle\'a en sí el deber de sugetarse
Sin fecha
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMERCIAL
Tomo 11
ID: fallos_11_140
Jueces
Costa
Voces / Materias
SOCIEDAD
Texto del Fallo
f44
FALLOS DE LA SUPREMA CORTE
bertad de asociarse con fines útiles sancionada por la
Constitucion Nacional, lle\'a en sí el deber de sugetarse
á las dillposiciones que
r~glamente su ejercicio, y á
este órden pertenecen los del Ejecutivo con r~la c ion á
"' la Sociedad. tO Que sin embargo de que el estado de
f. 7 arroja el saldo demandado, el directorio de la
Sociedad disuelta pudo in\'ertir legalmente parte de eso
saldo el dia eg que se decretó su disolucion. -Por·
estas consideraciones se declara que la Sociedad de Be-
neficencia está en el deber de hacer formal entrega de
los 7250 puo& uno y tres cuartos reale& en la forma que
aparece en el estado Ju
f. 7 en sugecion al decreto
del 6 d~ Diciembre de 1869 pudiendo disminuir de esta
cantidad lo t¡ue justifique haber invertido en beneficio
público hasta la fecha del decreto precitado.-Sio costas;
y considerando en cuanto al 2u otrosl del escrito de
f. 24, que el síndico se presenta tambien en el carác-
ter de procurador fiscal y del tesoro, en el cual puede
legalmente usar papel comun y que desde que la Exma.
Cámara dispuso se dirigiera la accion contra el directorio
de la Sociedad disuelta, pudo su representante usar del
papel de ia clase con sugecion á la ley do 10 de r\o-
viembre del año anterior.-~o ha lugar á la reposicioo
de sellos.-NotHlqueso original.
Rotauro Do,tcel.
Apelada esta sentencia, fué confirmada por la siguiente.
-tellela •• la ~
...... •e .,_.lela.
San:Juan, Mayo 20 de 187f.
Vistos y considerando: Que la Sociedad d" Beneflcen-