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P AL LOS DE LA SUPREMA CORTE

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMPETENCIA
Tomo 11 ID: fallos_11_162

Voces / Materias

COMPETENCIA DELITO

Texto del Fallo

i 66 P AL LOS DE LA SUPREMA CORTE sumario que en caso de un delito Nacional correspon- dería. 4° Que de los anteriores considcr:mdos resulta qun el escribano de este juzgado se Italia ilegalme nt~ preso, por cuanto el P. E. no tiene facultad para imporlPr las penas designadas por las Leyes Nacionales y de confor- midad al arl. 20 de la ley de competencia; póngasclc inmadiatamcnlo en libertad, dirigiéndose oficio á este fiu al Superior Gobierno de la Provincia. Cá rlos Luna. El Gobierno do la Provincia contestó los oficios clcl juzgado desconociendo su j11risdiccion en el caso, pcru comunicando que había conmutado la pena impucstn á Pedevilla en un mes dt! arresto. El juez de scccion ordenú se remitiesen los autos á la Suprema Corte para diriu11ir· la 1;ompctencia. He mi Lid os los a u los y pasa Jos en ,., ta a 1 Sr. Pro- curador Jencral, este funcionario espuso, r¡ue tanto el jue1. como el Gobernador de Cor1·ientes se ltabian exagerado sus facultades. Que al Gobernador no competía juzgar sobre las escep- ciones al enrolamiento en la1 Guardia Nac:!Onal. y aplicar las penas que impone la ley á los quo no se enrolen; pues siempre que un ciudatJ:ulO niegue el derecho acl- ministrativo para el enrolamiento ó para l:t irnposiciou de la pena, se forma una cueslion judidal que solo pue· de ser decidida por los jueces, porque ft nadie puedo privarse de un derecho sinó en vit·Lud de un juicio. Que el juez de scccion por su pnrte Jchia reconocer que solo al (;obernadM de l<s Provincia, como Júl'o su- perior de la Guardia Nil c ion ::~ l correspondo autvriza t· In:-: castigos correccionales quo se impongan por falta (i.l disciplina.