U ~ JUSTICI.\ 1'\.\ CIONAL.
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
PENAL
Tomo 11
ID: fallos_11_400
Jueces
Costa
Voces / Materias
DELITO
Texto del Fallo
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U ~ JUSTICI.\ 1'\.\ CIONAL.
.t05
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C.t~U8.~ XXXIX .
Criminal, cOittra LJ. t.:risúlu,[JU .1\lltlrude, ¡10r rcbetion.
Sumario. -
t o Un Ju e~ ~acional debe sobreseer en una
causa criminal por rebeli('n, desde el momento que ltm-
ga constancia de que el acusado ha sido amnistiado por
e.se delito.
~o La amnistía borra los delitos
políticos cometidos
pm· los amnistiados, y tiene el efecto de impedir todo
j11 icio y Jlersecucioo por hechos nuteriorcs.
3'' Ni un Comisionado Nacional ni el Potler Ejecutivo
tienen facultad constitucional para concédt!r amnistía.
4° El concederla es a'"ibucion esclusiva del Congreso.
5o Puede sin embargo, el Poder Ejt!cutÍ\'O cu,ando es un
medio ofica¡ do conseguir la pacificacion de una pa·ovi n-
cía ofrecer amnistía eon calidad de obtener la aprobacion
d.,l Congreso.
Caso.- A consecuencia de una disputa y provocacion á
duelo hecha por Crisólogo Aodrade á D. Elias Orihuela,
juez de Paz en la Costa Alta de los Llanos, provincia de
la 1\ioja, este funcionario dill'ijíó al Ministro General de
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