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P'AI.I.OS 01! I.A SUPRIMA COitTit

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CIVIL
Tomo 11 ID: fallos_11_475

Jueces

Costa

Voces / Materias

CONTRATO RESPONSABILIDAD

Texto del Fallo

.80 P'AI.I.OS 01! I.A SUPRIMA COitTit ~ 'fodoa los castos que eacedan á lo comprendido en un contrato aobre provisiones de un vapor, deben ~e r li c11rgo de lot armadorea. 3° Uua cuenta se presume reconoctda y aceptada, sa no 11e observa (l&sado 1111 mes, desde que se recibr . Co1o.- IJ. Marcos L. Costa, como representante del Mrmador del vapor • Teresa, • cclebr~ con O. Juan l'russo un contrato para la mantencion del personal á bordo, cuidado de los útiles do mesa y de cocina, y de las camas, bajo su responsabilidad. En dicho contrato, Prusso so comprometía á proveer do alntUerzo y corni.tu á la trtpulacion y pasajeros del buquo á razon de .t. rls lls. por almuerzo y 4 por comida, á los dP. cámara; y la mitad á los de proa, debiendo udernás recibir ao patacoues por via dt: suehlo. por el cuidado do los útiles de á bordo. Con este contrato demando Prusso en Octubre Je 1870 á D. Marcos L. Costa la suma de 1;!,411 ps. fts. por pro· vtsiones y trabajo, segun la cuenta qut: presentó. Corrulo traslado, Costa pidió se rechazara la demanda oon costas, porque lejos de ser dtJudor Jt: Prusso. como ae decta eu la demanda, ct·a su a~: reedu r por la ~uma de i¿ pa. fts. 6'2 cts. , sc.,uu la cuenta corriente que pre- aentó. Sustanctada la causa con las diligencias que se dt:tallau e o la seuteucia, se dietó esto r•••• ••• •••• "•••*•••• ~uenn!' Aires. ~ ov i eaubre ~ ~ ele ltli:!. \'asto!' Pstos ;utlM r-Pgui dr•~> por· O. Juan Prus11n, contr;, (l. Marc:O! l. f.nsta. por cohrn 1'11' r "CO'< prorcrlontcs de