DE IUSTICIA NACIONAL.
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 12
ID: fallos_12_70
Jueces
Costa
Texto del Fallo
DE IUSTICIA NACIONAL.
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ejecutante en esa parte de las costas, y en la parte en
que el deudor no se ha opuesro, se manda llevar la
ejecucion adelante, y se condena al ejecutado en las costas
respectivas.
Sesto. Que, no habiéndose opuesto el ejecutado á la
capitalizacion semestral de intereses, el juez no ha podido
desecharla de oficio, porque el silencio del d.eudor, que
debe mirarse como una aquiescencia de su parte, rale
contra él como una estipulacion espresa para hacerlÍJ, ó
como una renuncia del derecho que tendría para resistirla;
por estos fundamentos, se confirma la sentencia apelada
de foja ochenta y siete, en cuanto mand~ llevar la eje·
cucion adelante por t~l valor que resulte de la liquidacion
que debe practicarse, deducié.ndose de la cantidad que
espresa el documento de foja veinte y una, las que es-
presa n los recibos de foja cincuenta y seis y siguientes,
y en lo relativo á 'las costas, y se re\'oca en Jo que se
refiere á la capitalizacion de interéses ; dejando á sal\'0
el derecho de Oon Juan José 1\lendez para promover
juicio ordinario, conforme al articulo doscientos setenta
y ocho de la ley de
procedimient~>s, por los trescientos
once pesos seis centavos fuertes á que se rúfiera ~1 recibo do
dos de Marzo de mil ochocientos setenta, sin especial
condenacion de costas en esta instancia. Satisfechas v
~
repuestos los sellos, devuélvase el espedienle.
SALVADOR
~1. DEL CARRIL.-- FRANCISCO
DELGADO.----Jost BARROS PAZOS.----
~JARCELI~O UGARTI!I .
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