DI IUS'I'ICIA IACIOIJAL.
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 12
ID: fallos_12_214
Jueces
Costa
Voces / Materias
CONTRATO
Texto del Fallo
DI IUS'I'ICIA IACIOIJAL.
lt9
te El contrato de in\•ernada dura con arrecio al tiempo
convenido, aunque este sea mayor que él de costumbre.
Calo.- D. Agustín José de Hu meres puso en invernada
en un establecimiento de campo de D. Abrahan Lezana
una tropa de mulas por un determinado tiempo 1 con la
obligacion de pagar doce reales bolivianos por eabeza al
'
tiempo de la entrega. Humeres en 23 de Junio de t87t
demandó á Lezana ante el Juzgado Secciona! de Santiago
del Estero por la entrega de su tropa, limitando despues su
demanda al número de f.\ mulas, con costas, costos y ~r
juicios, por habérsela entregado por Lozana despues de
ese dia 74 mulas.
Conferido traslado, contestó Lezana que él no debía en-
tregar sinó nueve mulas, por las razones que se deta-
llan en la sentencia de t a instancia ¡ -
que ~n las condi-
ciones de la invernada se babia establecido que Humeres
habría sacado las mulas en Febrero ó Marzo, por ser
estos meses la
época ordinaria de la conclusion de
esta clase de invernadas ¡ -que el mismo Hu meres se
babia comprometido tle pagar t 2 reales bolivianos por
cabeza al fin de la invernada y ! reales mensuales por ca-
beza por el mayor tiempo en que había dejado las mulas en
su poder ¡ -que él estaba pronto á entrecar las nuen
mulas, siempre que Humeres le pagase el precio corres-
pondiente á los meses trascurridos desde Febrero á Mayo.
Abierta la cau&a á prueba y producidas las que se espo-
nen en la sentencia, se dictó el siguiente