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DI IUS'I'ICIA IACIOIJAL.

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CIVIL
Tomo 12 ID: fallos_12_214

Jueces

Costa

Voces / Materias

CONTRATO

Texto del Fallo

DI IUS'I'ICIA IACIOIJAL. lt9 te El contrato de in\•ernada dura con arrecio al tiempo convenido, aunque este sea mayor que él de costumbre. Calo.- D. Agustín José de Hu meres puso en invernada en un establecimiento de campo de D. Abrahan Lezana una tropa de mulas por un determinado tiempo 1 con la obligacion de pagar doce reales bolivianos por eabeza al ' tiempo de la entrega. Humeres en 23 de Junio de t87t demandó á Lezana ante el Juzgado Secciona! de Santiago del Estero por la entrega de su tropa, limitando despues su demanda al número de f.\ mulas, con costas, costos y ~r­ juicios, por habérsela entregado por Lozana despues de ese dia 74 mulas. Conferido traslado, contestó Lezana que él no debía en- tregar sinó nueve mulas, por las razones que se deta- llan en la sentencia de t a instancia ¡ - que ~n las condi- ciones de la invernada se babia establecido que Humeres habría sacado las mulas en Febrero ó Marzo, por ser estos meses la época ordinaria de la conclusion de esta clase de invernadas ¡ -que el mismo Hu meres se babia comprometido tle pagar t 2 reales bolivianos por cabeza al fin de la invernada y ! reales mensuales por ca- beza por el mayor tiempo en que había dejado las mulas en su poder ¡ -que él estaba pronto á entrecar las nuen mulas, siempre que Humeres le pagase el precio corres- pondiente á los meses trascurridos desde Febrero á Mayo. Abierta la cau&a á prueba y producidas las que se espo- nen en la sentencia, se dictó el siguiente