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DE ~USTICIA NACIONAL.

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 12 ID: fallos_12_224

Voces / Materias

IMPUESTO ELECTORAL

Texto del Fallo

DE ~USTICIA NACIONAL. 229 CAUSA. XCVI. ÚJ, Jlrmicipalidntl del Rnsnrio de Santa Fi contrn D. llonoralo Bir¡aud y D. l,.alentin Toba, por cobro d~ derechos. Sumarin -1 o La ley de la Provincia de Santa Fé de Agl•sto 27 de 1862 designó, en lo adrninistrélti\'0, los lí- mites jurisdiccionales de los pueblos de San Lorenzo y Villa Constitucion. 2° Los pueblos donde funcionan Municipalidades inde- pendientes, es indi~pensablo que cuenten con porciones de tierra capaces do suministrarle:¡ las rentas y recursos necesa rws. 3° A falta do una loy esplicita, los limites de los tres Municipios existentes en el Departamento del Rosario, dtlben ser los mismos que los designados por la ley de t862 en el órden electoral y administrativo. 4o Los impuestos municipales por regla general, cuando se trata de frutos, solo gravan el consumo de estos en el mismo distrito Municipal en que rige la ordenanz1. 5o La recaudacion da los impuestos municipales debe hacerso en pers(\na cierta, establecida en el Municipio y dentro d., él.