DE ~USTICIA NACIONAL.
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 12
ID: fallos_12_224
Voces / Materias
IMPUESTO
ELECTORAL
Texto del Fallo
DE ~USTICIA NACIONAL.
229
CAUSA. XCVI.
ÚJ, Jlrmicipalidntl del Rnsnrio de Santa Fi contrn D.
llonoralo Bir¡aud y D. l,.alentin Toba, por cobro d~
derechos.
Sumarin -1 o La ley de la Provincia de Santa Fé de
Agl•sto 27 de 1862 designó, en lo adrninistrélti\'0, los lí-
mites jurisdiccionales de los pueblos de San Lorenzo y
Villa Constitucion.
2° Los pueblos donde funcionan Municipalidades inde-
pendientes, es indi~pensablo que cuenten con porciones
de tierra capaces do suministrarle:¡ las rentas y recursos
necesa rws.
3° A falta do una loy esplicita, los limites de los tres
Municipios existentes en el Departamento del Rosario,
dtlben ser los mismos que los designados por la ley de
t862 en el órden electoral y administrativo.
4o Los impuestos municipales por regla general, cuando
se trata de frutos, solo gravan el consumo de estos en
el mismo distrito Municipal en que rige la ordenanz1.
5o La recaudacion da los impuestos municipales debe
hacerso en pers(\na cierta, establecida en el Municipio y
dentro d., él.