DB IUSTICIA NACIONAL.
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 12
ID: fallos_12_234
Jueces
Costa
Voces / Materias
CONTRATO
Texto del Fallo
DB IUSTICIA NACIONAL.
!89
Que la jurisdiccion de almirantazgo que los Tribunales
Nacionales ejercen privativamente, solo se eatiende á los
hechos ó contratos coocernieutes á la nave¡acion y co-
mercio marítimo, que se hace entre un puerto de la
República y otro extran¡ero, ó entre diferentes puertos
por los ríos interiores, segun la resolucion de esta Su·
prema Corte en la . causa que se registra en el tomo
sesto, página cuatrocientos dos de sus Fallos ¡-por estos
fundamentos y de conformidad con lo pedido por el Se-
iior Procurador General, se declara que en la sentencia
apelada, no se ha infringido la disposicion cuya aplica-
cion se ha cuestionado,
contenida en el inciso diez,
artículo segundo de la ley do catorce de Setiembre de
mil ochocientos sesenta y tres, sobro jurisdiccion y com-
petencia de los Tribunales Nacionales.
Satisfechas en consecuencia las costas y repuestos los
sellos, devuélvanse los autos con oficio.
SALVADOR MARIA DEL CARRIL.- FRAN-
CISCO DELGADO. -
JosÉ B. Go-
ROSTJAGA.