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DB IUSTICIA NACIONAL.

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CIVIL
Tomo 12 ID: fallos_12_234

Jueces

Costa

Voces / Materias

CONTRATO

Texto del Fallo

DB IUSTICIA NACIONAL. !89 Que la jurisdiccion de almirantazgo que los Tribunales Nacionales ejercen privativamente, solo se eatiende á los hechos ó contratos coocernieutes á la nave¡acion y co- mercio marítimo, que se hace entre un puerto de la República y otro extran¡ero, ó entre diferentes puertos por los ríos interiores, segun la resolucion de esta Su· prema Corte en la . causa que se registra en el tomo sesto, página cuatrocientos dos de sus Fallos ¡-por estos fundamentos y de conformidad con lo pedido por el Se- iior Procurador General, se declara que en la sentencia apelada, no se ha infringido la disposicion cuya aplica- cion se ha cuestionado, contenida en el inciso diez, artículo segundo de la ley do catorce de Setiembre de mil ochocientos sesenta y tres, sobro jurisdiccion y com- petencia de los Tribunales Nacionales. Satisfechas en consecuencia las costas y repuestos los sellos, devuélvanse los autos con oficio. SALVADOR MARIA DEL CARRIL.- FRAN- CISCO DELGADO. - JosÉ B. Go- ROSTJAGA.