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FULOS OE I.A 3UPRE)IA t:ORTE

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 12 ID: fallos_12_355

Voces / Materias

ADUANA

Texto del Fallo

360 FULOS OE I.A 3UPRE)IA t:ORTE un 1 1rjuicio tao grave como el quo le infiere la resolucion recurrida en que se pretende que el exceso d~ peso corres- pondiente al em1Ht5e tic m1J ~J ra , tlel cual no se acordó porque no es mercaderin sujeta (t rlorechos, no haya de descontarse, cuando ha hiendo ól dicho i 20 cajones con 138 quintales, sin agreg:ar peso bruto ni peso neto, es claro que se refirió al contenido y no al embase. Pidió se revocara la resolucion del administrador de rentas. El Procurador fiscal e,·acuando la \'isla dijo : El exceso encontratio por ul Vista en este d~spacho es e\·idente, pues la pnrtiJa de caja)nes de hojalata ha sido pesada hasta la mtlad por t.Jn empluado de aduana en pre- sencia del interesado, IJUien ae conformó con el resultnt.Jo de la operacion. La nueva pesada que dice el interesado haber hecho dando un resultado diferente, no tiene valor alcuno, debiendo estarse á la practicada por la aduaua en presencia del interesado. Ahora si el ex cese procede J~l embase no puede haher la menor duda de •1ue no es así, pues la lar¡ra asigna una tara de 1 O por ciento á esto artículo, como lo sal•e el interesado, y al pesarlo no pue- de haberse dtljado de tomar en cuenta esta ci •·~unstancin. Por lo dAmas del parte de f. 1 resulta bien cl:~ro que el Vista ha entendido que al manilestnr un peso eJe t38 quintales, se mani f~staba peso neto, como se entie 1<le siempre en la aduana cunndo no so dice en el rnanir.esto si ea neto ó bruto ; el \'i!Sta dice : • se pide á despacho 120 cajo~ea con t38 qu inlales •; luego pues al encontrar el exceso ha sido en el contenido de los cajones, no en l ~>s . . caJones masmos. Por estas consideraciones, se ha de servir V. S. n ~> liacet· lugar á la rcvocacion sol ici lada. Uucnos Aires, Agosto 8 de t Sí:!. S. t\. laa:alia.