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CAU8A CXLJ.

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMPETENCIA
Tomo 12 ID: fallos_12_457

Voces / Materias

COMPETENCIA SOCIEDAD

Texto del Fallo

462 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE CAU8A CXLJ. Datl Augwlo Paluadeczu, contra la Capitanla del Puer- to de Buerw1 Ayres. Sumario. -Los tribunales nac1onales no son competentes en las causas contra los empleados del Gobierno ~acional por sus actos administrativos, en los que dependen sola- mente Jet gobierno. ( arl. 2, inciso 4, de la ley de juris- t.liccion y competencia de los tribunales nacionales. ) Ca1o.- Don Augusto Palvadcau, práctico del puerto de Buenos Ayros, fuó suspendido en el ejercicio de sus fun- ciones, en una época en íJUe todos los prácticos formaban parte de una corporacion oficial y percibían mensualmente un dividendo proporcional á las entradas. fievocada Ja suspension, Palvadeau entabló demancla contra el capilao del puerto por el pago de los dividendos de dicha sociedad, relativos al tiempo de su suspcnsion. Corrido traslado contestó el capitan ; que Palvadeau ha- Lía sido suspendido por órden superior; que por órden superior sr había disuelto y liquidado la antigua sociedad de prácticos ; que por consiguiente no habia fondos para ¡>agar estos dividendos ¡ que además por el reglamento