Se condona á esto último á devolver los bienes ratees
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMPETENCIA
Tomo 12
ID: fallos_12_487
Jueces
Costa
Mendoza
Voces / Materias
COMPETENCIA
Texto del Fallo
492
FALLOS DI LA SUPRiliA COI\TI
Se condona á esto último á devolver los bienes ratees
que se le reclaman como pertenecientes al finado Don Ca-
listo Barroso y los semo\•ientes, derechos y acciones que
correspondan á dicha sucesion, sin perjuicio de otros de
mejor derecho.-
Leyes cuarta y quinta, titulo tre.:e, par-
tida ae:eta, ®a, libro die~, título veinte de la oovósima Re-
copilacion.
Con costas al demandado.
Juan Palma.
Apelada esta sentencia por Don Felipe Correa, represen-
tante de Juan Barroso, y concedido el recurso en relacion,
se dictó el siguiente
Falle •e la 8upn•• f:orle.
Buenos Aires, Diciembre 5 de 1872.
Visto~«: ~on sidorando que el presento juicio verso sobre
mejor derecho á la sucesion do Ooi1n Jsidora Tolnvera de
Barroso ~ su hija Doña Mercedes Darroso, \'Íclimas :uuhas
dt~l terremoto de Mendoza en mil ochocientos sesenta y
uno: -Que la declaracion de herederos hace parte del jui-
cio universal de sucesion como proliminnr indispensable
para proceder á la particion y adjudioncion de los hiencs:
que los juicios de esta naturaleza son de la esclusi\'n com-
petencia de los Tribunales do Provincia, segun la disp(\-
sicion del inciso primero, artfculo doce de la ley de catorce
de Setiembre de mil ochocientos sesenta y tres, sobre ju-
risdiccion y competencia de los Tribunales Nacionales ; y
lJUe si la Suprema Corte ha conocido de la gcstion que
terminó con el fallo de foja treinta y nuc,·e vut>lta, ha sido
porque ella no era una cuestion entre herederos, sino