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Respecto al primer punto Lopez y Ca. defirieron pos•-

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 13 ID: fallos_13_12

Texto del Fallo

t6 FALLOS DE LA SUPREKA CORTK Respecto al primer punto Lopez y Ca. defirieron pos•- ciones, que fueron negadas por Pini y Roncoroni. Respecto al segundo se presentaron unos rucibos por 7600 $. firmados por Pereira, sobrt> cuya autenticidad se pt acticó una pericia caligráfica de resultado afirmativo ; Y so produjo una prueba para demostrar que las repara- ciones del buque fueron llevadas á término por el maes- tro calafate O. Rafael Terraza á quien pagaron la suma de u.,607 $. Oídas las partes con un alegato so dictó el si¡uiente Fallo de la •upre•• ~••te. Buenos Aires, Enero H de t873. Visto& considerando: primero, que ostá probado por la confesion de Don Vicente Lama ~ . capitan del patacho • Maria Juana • que él intervino en la compra de los efec. tos hecha á los demandantes para la refaccion de dicho buque por el maestro calafate Pereira Magalhaes, reci- biéndolos y haciéndolos conducir juntamente con otros que él mismo haLia comprado (posiciones do foja cuarenta y una á cuarenta y cuatro)¡- segundo, que está i;gualmento justificado y reconocido por el Capitan que dichos artlcu- los fueron empleados en la refaccion del • Maria Juana , ; -tercero, que á no ser así, ellos habrían quedado en el buque á donde fueron conducidos, y en poder del Capi- tan, despues de la desaparicion del maestro calafate¡- cuarto, que habiendo afirmado los vendedores que por no querer fiaTse de dicho maestro calafate enviaron un de- pendiente á saber de Lopez si la compra era por su cuenta, á lo que contestó afirmativamente , y siendo e&-