seguidos por los re
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 13
ID: fallos_13_24
Voces / Materias
ADUANA
RESPONSABILIDAD
Texto del Fallo
28
FALLOS DE LA SUPRE&IA COI\TE
sembargase prévia fianza de resultas y recibió la causa á
prueba sobre la existencia de In convPncion.
Producidas las pruehas y hnbiéndose acretli lado pnr In
de Ravanaque, con la dccl:tracion de tres testigos, la exis-
tencia de la referida conv,encion, y púr Ooussinuque las
partidas de gastos, se dictó el siguiente
Falle del .Juez 8eeelonal.
Buenos Aires, Octubre 20 de 1812
Vistos estos autos seguidos por los
res. Ooussinaque
Hnos. contra D. Cesáreo Rabanaque, por cobro de fletes y
reoonvencion deducida por el últim ('l por dai'10s y perjui-
cios procedentes de la rctenoion de las mercadcrÍ<IS de
cuyo flete se trata, y resultando:
Primero -Que Ooussinuque Hnos. han conJucitlo desde
Europa para O. Cesáreo RaF>anaque las mcrcildcrias que se
detallan en la cuenta de foja primbra, y exigen del últi-
mo el pago de dicha cuenta por fletes, co111ision y des-
pacho.
Segundo-Que los mismos
O ou ss i n :~ ~ ue linos. solicil<•-
ron y obluv1eron de este J uz~p d o Ltljo su responsabilidad.
el
embargo de las mercaderías (Jlle se ha!l11ban en la
Aduana.
Tercero-
Que Rabanaqu e desconoce t:l derecho de los
demundantcs pnra cobrar flul¡, do conriuccion y de tluscn rga,
así como comision, reconoc.iéndolo solamente derecho para
cobrar los derechos pagados á la Aduana y los ¡;al' los de
Tolosa á Burdeos¡ y deduce recon\'cncion por los dni10s
y perjuicios procedentes rlel embargo de las mercaderías,
tlaños y perjuicios que esti ma en la cantidad de ''cinto