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DE JUSTICIA NACIONAL .

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 13 ID: fallos_13_25

Texto del Fallo

DE JUSTICIA NACIONAL . 29 mil pesos moneda corriente, fundándose en que los de- mandantes se llílhiun comprometido {~ conducil"le gratuita- mento las mer·cadci'Í;1s, cuyo flete le cobran. Cu;nto- () ue los demandantes sostienen ser falso que hubiesé precedido el com·cnio á que se refiere Rabanaque, en lo que deducen su dereclro pan1 retener las mercade- rins, ruientras su Jueiro no ;¡ Lon·o el Ocle que 1(\s debia, y que por cvnst:cucncia, si algun perjuicio había sufr·ido deLia irn putür elo á :;Í mismo, agregaudo que en In) hipóte- sis m:is fa ro rt~h lo p<~ra naba.nar¡ue los pcr·juicios que co- bra senan t'xlrorbilan tes. (lninto- Que el Juzgado recibió la causa á prueba con el nn de :J c r~· d i ta r· sr era efcctiro el con\'enio á que se relcria la parle do 1\ahanar¡u c. Ses lo - 011o Baba naque ha :~crcdita do con las declara- ciones de h•s testigos lndalccio IJutol:tza, ~la nu e l Villauro- sa, ~l a rccl i n o Arraslia y ~l aria n o i\rr;crstia-Pr·i rnero: Que antes de parlit• para Eur·opa Don Pedro Uoussinaque le ¡Jromulió <Í fiaLnuaquc que le traeriJ todas las mercade- rías flue le diese el padre del último; y Segundo : Que en l;t ciudaJ de Pamplona dicho O. Pedro Ooussinaque hizo ir;u11l proruesa al pndrc do Rabanaque. Séptimo - Que Sf'gun 1\abannquc, al absoh·er las posi- ciones de foja cincuentn , Uous inaque no había des•!m- J)olsotlo cantid:HI alguna ni It a hcC'ho mas desembolsos que los que figunH1 en la curnla desde Tolosa á Durdeos y los derechos de .\rlua na, e u yo importo ha reconocido. Y considerando: - P,·in1ero : Que la conví'ncion es la primera ley á que deben sor.1~t crs e los contratantes y de- be cumplirse conforme ó lo dispuesto en ella. Segundo- Que tratándose de conduccion de mercaderías cuyo monto de fleto no alcance á doscientos pesos fuer- tes, puedtJ justificarse por testigos .