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DE JUSTICIA NACION.\L.

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMERCIAL
Tomo 13 ID: fallos_13_29

Voces / Materias

SOCIEDAD RESPONSABILIDAD

Texto del Fallo

DE JUSTICIA NACION.\L. 33 cero su personería despues de la litis-contestacion; que la sociedad paresia mas bien colecth•a y no le convenía admitir la sustitucion de una sociedad anónima; concluyó pidiendo que no so hiciera lugar á la subrogacion de Lanieri á menos que otorgase una fianza de reconoci- do arraigo en cu)·o caso consentiría en desprenderse de las garanllas que le ofrecía la responsabilidad personal y social de los Señores Mcabe y Vivanco. C1.1rrido traslado y no es pidiéndose Lanieri. Marchall le acusó rebeldía. El Juez le intimó se expidiera dentro del término do 24 horas IHtjo t~po rcimi ento de rebeldía, y trascurrido este término ofrecí•) Lanieri como fiador á O. Adolfo Dlayer. Marchall pidió se justificara el arraigo dt>l fiador, Lanieri se opuso pidiendo nuevo trllslado del escrito anterior de Marchall para demostrar que no tenia de- recho á exigir la fianza. Llamados autos se dictó el si- guiente Duenos Aires, Octubre 23 de t8i2. Y vistos¡ considerando primero:- Que á la parte de La- nieri se le corrió traslado del escrito, que ~larchall se opo· nía en admitir la personería de aquella mientras no presentt~sc fiador á las resultas del juicio ; á lo que se agrega que La· nieri no laa c\·acuado dicho traslado á pesólr de haber tras- currido no solo el término ordi n:~r io , sir.ó el de \'einte y cuatro horas que se le acordó con ol mismo objeto bajo apercibimiento d~ rebeldía, y por consecuencia no solo no puede correrse nue\'o traslado, sinó que el corrido debe considerarse desierto y consentida por Lanieri la peticion T. IY . ;j