DE .JUSTICIA NACIONAL.
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
PENAL
Tomo 13
ID: fallos_13_81
Voces / Materias
ROBO
Texto del Fallo
DE .JUSTICIA NACIONAL.
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jóveo que le dijo á la mujer del capataz que babia
vendido el caballo á dicho Saavedra por 8 900 mfc., y
que dicho pr~cio es el mismo en que el último pretende
haberlo comprado, y aunque de los testigos aludidos, uno
do ellos, Pnlacios, afirma sin trepidar que el que tal co-
sa decía era el dt>mandante, y el otro testigo, Ortigosa se
limita á afirmar su creencia de que él era, sin poder ase-
gurarlo¡ y por consecuencia, si
bi~n hay una fuerte pre-
suol!ion en contra de Amiguet, no hay la prueba com-
pleta quo la Ley requiere, y no siendo una prueba com-
pleta puede ser una falsedad, y por lo tanto, no merece
fé, tanto menos cuanto que siendo testigos casuales, y no
conociendo de antes á O. Arturo Amiguet, y habiendo
transcurrido tanto tiempo entre la rclacion que presencia-
ron y su declaracion, no es dtfícil que, con conocimiento
del presente juicio, y ligando este con las palabras que
oyeron, tuvieron la íntima persuaciqn do que la persona
que litiga con Saavedra sea la misma que dijo aquellas
palabras, lo cual seria tanto mas probable cuanto que so-
lo uno de los testigos, Palacios, doclnra que conoce el ca-
ballo, y esto por induccion, y por consecuencia la pre-
suncion respecto á la identidad de la persona del deman-
dante y de :H¡uel á quien se refieren las declaraciones de
Jos testigos no está corroborada por la presuocion que
resultaría si estuviese consta lada la identidad del caballo
t¡ue Saaredra pretenda haber comprado con el caballo que
segun los testigos habían oido decir que hab1a sido vendido
al mismo individuo; cuarto: Porque el haber presen-
tado Saavcdra testigos como Herrero y Quintana que se
refieren ú actos dilorcntes, manifestando sin embargo que
le consta de ciencia propia por hnberlo presenciado que
el negocio quedó terminaJo, no pudiendo admitirse que
el mismo negocio quede definitivamente arreglado en doa