DE IUSTICIA NACIONAL.
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMPETENCIA
Tomo 13
ID: fallos_13_389
Jueces
Carranza
Voces / Materias
COMPETENCIA
Texto del Fallo
DE IUSTICIA NACIONAL.
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vilejio que la ley no le concede, y que podria servirle
de pretesto para eludir 6 retardar los juicios.
Ca.so.-D. Manuel C11inzo, por O. Adolfo Carranza, ar-
jentino, demandó ante el Juez Nacional de Tucuman á
ll. Juan Echepare, eslranjero, la cantidad de $F. 14,832.
Echepare, sin contestar la demanda declinó la juris-
diccion n;¡cional, sosteniendo, que siendo él cstranjero
y teniendo por la ley el derecho de acojcrse á la ju-
r.isdiccion Nacional ó Prorincial, optaba por e~ ta última
y pedía que, de!'prendiéndose el Juez del 'conocimiento
de In causa, ordenase al demandante ocurrir á la JU-
risdiccion provincia l.
Corrido traslado del nrtículo, Cainzo contestó que era
inexacto que la ley hubiese dejado á los estranjeros el
derecho de elcjir jurisdiccion en sus plei tos con los na-
cionales, derecho q¡ue colocaría á est.os en peor condi-
ciones que aquellos, á quienes se nc(Jrdaria un pririle-
jio.
Que por el contrario el inciso 2n del arl. 2° de
la ley sobre jurisdiccion y competencia de los Tríbuna-
les Nacionales esprcsamcnte niesa tal privilrjio.
Corrida vista al Procurador Fisr.al, este snstuvo, in-
terpretando el inciso ..t.n del art. i 2, que el estranjero,
demandado por un arjenlino, podia renunciar la jurisdic-
c•on nacional y llevar á su contrario á la de Provincia.
Fallo del oluez de 8el'elon.
Tucuman, Febrero ~7 de t 873.
Visto el articulo promovido por D. Juan Echepare de
nacionalidad francesa, demandado ante este Juzgado de