D! JUSnClA NACIONAL.
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMPETENCIA
Tomo 13
ID: fallos_13_405
Voces / Materias
COMPETENCIA
Texto del Fallo
D! JUSnClA NACIONAL.
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condóminos entre quienes no existe so1iJaridad; que de-
sistiendo IJOr lo tanto á nombre de O• Emma reserván-
dose hacer uso de sus derechos ante la justicia pro-
vincial, insistía respecto á O• Sofia y Doña Ruth Pous-
set para la competencia del fuero nacional ; que por
último la cuestion actual no es un incidente de la tes-
tamentaria Pousset, ni puede rejirso por otras leyes que
por las del lugar del bien raíz materia del litigiCI.
Fallo •el .l•ea 8eeeioaal.
Uueoos Aires, Abril ~8 de t873.
•
Vistos y considerando : lo Que el preson te caso solo
puede
ca~ r bajo la jurisdiccion federal por razon de las
personas interesadas en él, esto os, ó pl•r ser entre
estrangeros y ciudadanos, tJ entre vecinos de dif~ r cm tes
Provincia:; pues no versa sobra punto rejido por la
Constitucion ó las leyes
d ~l
Co n ~reso ,
sinó se trata
puramente de un asunto meramente ci\"il como es lí4
nulic.lad de la venta de una finca situada en esta Pro-
,·incia, y como t .• t sujeto á la legislacion comun ¡
2° Que en el caso c.lo tratar.;c die
negocio jthlicial
en que son parles cstrangcros
(hl r una parte y ciuda-
danos por la o tra~ es
ind ispe n sabl~ que, habiondo \'a-
rios que pretendan el mismo dert!cho, sean todos es-
tran¡;eros ó hijos c.ld pai' , con
u rr~g l o á lo Jisput>sto
en el art. 1 O de la ley nacion ... l
c.le 1! de Sutiombre
de 1863 sobre jurisdiccion y Clllllpt.lhwcia de los T•·•bu-
nale, do la ~acivn ;
3° Que en el presente caso deJucida la demanda co-
mo si todos los damandantes
fucs~n ciudadanos estran-