D~ JCSTICIA
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 13
ID: fallos_13_439
Jueces
Costa
Voces / Materias
PROPIEDAD
DAÑOS Y PERJUICIOS
Texto del Fallo
D~ JCSTICIA
N ¡\C I O~AL
tarse un edilicio por el lindero D. Luis Arcardini, cre-
yendo tener derecho para cstal.Jiecer esa carga ¡ y que
á pesar do l1abérsele desconocido eso derecho había
levnntado una pared que tenia ya una altura conside-
rable, por lo que, ontahlando el correspondiente inter-
dicto Je oLra
nue,•n, peclian se mandara suspender la
obra, y que oportunamente se condennra á Arcardini á
su demoticion con p¡¡go do daños y perjuicios y las
costas del proceso.
El Juez do Soccion mandó suspender In oiJra y cou-
\'OCÓ á las partes :í juicio verbal, debiendo presentarse
con sus Htulos, y decretó una inspcccion ocular.
En el juicio verbal el demandante espuso que su de-
nuncia do ubra nueva se funrlalHl : 1 u en que la pared
sobre que habia cargado Arcardini es fle la csclusiva
propiedad del demandante, no solo porr1uc asi se es-
presa en su titulo y por la pc>sesion esclusiva de mas
de 4!1 ai10s, sinú tamhion porque Arcardini no posee
lilas terreno segun su titulo, que el comprendido en·
h·e la casa de los demandantes y la contigua ni Oeste
del terreno del denunciado.
En que aun
cuondo re-
conocen que
Arcnrtlini tendría derecho á cxijirles la
venta do la medianería de la pared, no reconocen si u
embargo el derecho
d~ cargar sohre ella
micnlrns no
~e llaga la compra. Pidieron se lticiora á costa fiel tde-
mandado la
dcmolicion Jo la ohra
lcvanlncla y se lo
contlcnase en costas.
Arcardini coutestó que creía temeraria la demanda
por cuanto ele los títulos ele ~ o l á no resullnha r¡uo el
muro en cuestion fue:e de su csclusi\'a propiedíld : r¡uo
hacia n1:1s tic 30 aitos que cxislia la car¡;a dcnunci:ula,
'lue aun cuando el muro no fuese ntcll iaJJCIO, n(l lta-
hiil rlerrd10
p a r<~ intentar el interclil'lu rie Clhra
11\IC\.:1 ,