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FAI.LOS DE LA SUI'IUUIA CORTF.

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 14 ID: fallos_14_12

Voces / Materias

IMPUESTO COMPETENCIA ADUANA

Texto del Fallo

• lli FAI.LOS DE LA SUI'IUUIA CORTF. Conferido traslatlo tlo la vista fiscal contestú Z¡n-nlla que la ley invocada por el Oscal no tenia aplicacion en el caso; que no se trataba en este de un acto de administracion 3inó de la devolucion ile derechos cobrados contra lit ley, lo t¡uc constituye un caso de derecho comun. San Juan, Agosto :!7 de 11n:1. Vistos: entre U. Josó María Zavalla y el Fiscal, rech . mando el primero la devolucion de exceso en el cobro Jc derechos de importacion por la Aduana terrestre de esta Provincia, procedente de la manera de reducir las medi- das extrangorns, ••on lo J escepcionado por el Fiscal, y considerando : 1° Que el Sr. Fiscal ha deducido la escepcion de in- competencia del Juzgado para conocer en el presente re- clamo, fundándose en el art. 52 de la le~· de contabilidad clol afio 70, que atribuye ,·, la Contaduría General, el exdmtlt, liquidacion y juicio de las cuentas de recaudacion de los impuestos nacionales, ~· •¡ue el presente caso está comprendido en aquella disposicion por tratarse de cuenta de recaudacion. ~o Que la escepcion de incompetencia, atento el espíritu y testo do la ley y urliculo, citado es bien fundada, á lo qut) so agrega <¡ue está conforme con los arls. 297, 417 y 4 t 8 de las ordenanzas de Aduana, atribuyendo ¡, estas la l'acullad_ de la rctluccion de las medidas, por ol primo•·o, y determinando en los últimos la manera tle proceder y Juzgar en los casos do errores por exceso de llerecl1os, cuya ufruw no lla si1lo cumplida por el recl:un:llltc.