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DE JUSTICIA NACIONAL

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 14 ID: fallos_14_35

Texto del Fallo

DE JUSTICIA NACIONAL 39 Mayo 29 de 1873 ante el Juez Federal de Buenos Aires, á D. Bernardo Poudal la cantidad de 5,585 8 mfc. que dijo deberles provenientes de artfculos da tienda suminis- trados pnra su uso particular, acompañando la cuenta de- tallada do esos artículos, cuya primera partida tiene fecha Junio 5 de 1869 y la última Julio 30 de 1871. En rebeldía del demandado el JuzGado llamó autos y pronunció el siguiente: Buenos Aires, Junio it de t873. Y vistos, estos autos en rebeldía del demandado D. Be.rnardo Pondal; y considerando: 1" Que la •;antidad que se demanda es procedtHlle de efectos d~ tienda sumi- nistrados por el demandante para uso particular del de- mandado, segun se esprcsa en la demanda de f. 3, y se prueba por el detalle de la cuenta de f. 1a; y 2o Que segun aparece do e11la última la mas nue\'a de las partidas que la componen, es de una fecha de mas de un año anterior á Mayo de 1873 en que se entabló la demanda. Por estos fundamentos y de acuerdo á los artículos 185 de la Ley do Procedimientos y 1G, inc . .lo, tít. 2°, Lib • .lo, Secciun 3• Código Ci,•il, se declara l1bre al demandado do la demanda entablada contra él por D. Alejandro Jour- dan. IHgase saber y repónganse los sellos, procediéndose en lo demás como lo previt~ne el articulo ciento no\'enta de la Ley de Procedimientos. Andria Ugarri:a.