los entro O. Adolfo Gimcnez, corno apotlcr;ulo de In sociedad Uavid Ar'giiello y linos. , y 0. José ~J ¡¡ nu e l del ~J o¡·a J , por el saldo do la cueuta COl
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 14
ID: fallos_14_43
Voces / Materias
DE JUSTICIA N
Texto del Fallo
DE JUSTICIA N:\ ClONAL.
Fallo d~l .lu~z de Met'~loa
Hioja, Febrero lli lle i 87:t
Y vistos: los autos segui«los entro O. Adolfo Gimcnez,
corno apotlcr;ulo de In sociedad Uavid Ar'giiello y linos. , y
0. José ~J ¡¡ nu e l del ~J o¡·a J , por el saldo do la cueuta COl"•
riente de r ..
~. procedente de mcrcatlel'ias que Daritl Ar-
glicllo le llabia rcnditlo pa•·a rcrendc•·las en esta plaza :
con el mérito de autos y consitlu1 antlos:
·1" Que el ap,lderado de Ua\'11l t\r~ü c llo y Hnos., no lla-
Liendo fundado su acciun en la t•xislcncia do la sociedad,
6 lo que es lo mismo, nu denwuda11tlo á ~l o r\ll la ejccucion
de derechos ú oLiit;acioncs que lo.; socios se hayan acor-
dado reciproca111cnte entre sí 6 r..:spccto á terceros en el
contrato social {ctJIIIcJ pu•· (•jc•nplo,
<:1 uso de la flr·ma so-
cial en una n ~>gu cia civ n po•· aquel de los socios que no
tenia auto ri~a ciu u para con tral;~r Lajo do ~u nomLrc) ; sinó
la prestacion (• '!''e el dl.}111a1Hiado se oLli¡;ó en lran ac-
ciones, ohjoto du la socicd.HI, quo no ;~fc c tan <\ la exis-
tencia do las cstipulncioncs tlcl coulrato social ; la falta de
prueba do h.tiJer sido c:-le inscrito ón el rl!gistro público
do comercio Jo su d rt~n icili tt ,
lit) tlcstruye, segun la Jis-
posicion dol art. a na tlul Código de Comercio, los cfec-
tos de los actos juriJit!os que el socio Uavid Argüollo ha
ejercido, sea á su nombre indi\'idual ó on el de la ra ~o n
so~ ial de '1 u e es ¡;eren te.
2" (Juo do la doctrina contraria, resultaría el contra
sentido do que la disposicion del art. citado le niega toda
accion á Oavid Ar~üdl · l para de111andar á nombre de la
razon social al S1·. ~lo ra l con arreglo á las prcscripcionos del
Código el cumplimiento do las transacciones morc:mtiles t¡uc