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DE JUSTICIA NACIONAL.

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMPETENCIA
Tomo 14 ID: fallos_14_55

Voces / Materias

COMPETENCIA CONTRATO

Texto del Fallo

DE JUSTICIA NACIONAL. 59 que de ningun modo podía ser incluido en las causas de almirantazgo á que se refiere el inciso i O del art. 2o de la ley sobre jurisdiccion y competencia de los Tribu- nales Nacionales. Que no correspondiendo el conocimiento de la causa á la Justicia Nacional por razon da la materia, y no alo- gándose tampoco que lo corresponda por razon de las personas, el Juez debía desprenderse df.l conocimiento de la causa porque la Justicia Nacional es improroga- hle. Falle del .luea de 8eeelea. nosario, Julio 15 de 18i3. Autos y vistos : no habiendo acreditado la parte deman- dante que esta causa corresponde á la Justicia Federal, por la calidad de las personas ; y no correspondiéndolo lampoco conocer do ella por su natural~za, por cuanto el contrato que la motiva no versa sobre el comercio ma- rítimo ni Astá comprendido en el inciso i o del art. 2o de la ley nacional de 14 de Setiembre de t 863 ; con lo demas eapuesto por el Fiscal ad hoc y Juez exhortante ; se declara el juez que suscribe incompetente para conocer en ella. En consecuencia remltase lo actuado, con noti- cia de las partes, al Juez de Comercio do Buenos Aires á los efectos que haya lugar, y repónganse los sellos. Fenelon Z uviria. Habiendo apelado los demandantes, se dictó este'