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DE IUST:CIA NACIONAL.

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 14 ID: fallos_14_59

Jueces

Costa

Voces / Materias

DE IUST

Texto del Fallo

DE IUST:CIA NACIONAL. 63 un incidente sobre cornpetcncia que fué resuelto contra ellos por sentencia del Juez do Seceiou confirmado por el fallo do la Suprema Corte do Junio 4 de 187:! ¡ dc\'ueltos en seguida los autos al juzgado, contestaron pidiendo se rechazara la rlcmanda con costas, por no ser cierta la falta alegada de materiales y no imputable ü ellos¡ y dcdujor(ln conlra-demnnJa por el llago do las mullas do ~.r>OO pesos por dos meses y medio que Sulli\•an rctar·dó la obra y do mil pesos mensuales por lvs meses corridos y que so cor- rieran desdo el 1" do Febrero do t8i:!, en que so le avisó que siguiera líl cor. ·truccion la r¡uo no continuó. Corrido traslado do la contrallornanda pidió ulli\'an se condennra á los demandados á otras multas incurridas, á los daños y perjuicios y á las costas. Oijo: que un mes antes de) dia establecido para empe- zar los trah:~j os , t.abiéndosc él presentado so lo contestó lJUC no habiíln llegado aun l o:~ materiales¡ que solo en Abril se lo J ió aviso Je haber llcr;ado estos ¡ que la cua- rentona estilblccida cntúnces por la fiebre amarilla lo hizo imposible el \'Íaje pnr el rio ; 'l"e sin ernL¡¡rgo despachó ;i Córdoba dos operarios y encargó al ingeniero Guin re- sidente en CúrJoha la dircccton do los trabajos ¡ que á los 8 dias anltls rle salir Je Buenos Aires dcbian d.arle los empresarios ~,r,uo p:staconcs y no lo dieron sinó uua parle; que no encontró ni los postes en su lugar, ni las herra- mientas neccsar·ial'; que en el llles do Febrero 1872 se encontraba por culpa de los cm~rc ·¡¡rios en situacion de no poder continuar el trabajo; quo los empt·esarios no podían contrademand11rlo no h.1biendo cumplido ellos con sus obligaciones. Con la prueba producida se dictó el siguiente :