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DE JUSTICIA NACIONAL

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMERCIAL
Tomo 14 ID: fallos_14_127

Jueces

Rodríguez Costa

Voces / Materias

SOCIEDAD DAÑOS Y PERJUICIOS

Texto del Fallo

DE JUSTICIA NACIONAL • ~ . 131 surtir el fuero federal con arreglo á las prescripciones de la ley de la materia. No há lugar ; y ocurra esta parte donde corresponda. Zuviria. En No\'iembre 25 de i8i2, D. Guillermo Rodríguez, por Rocchi, se presentó nuevamente ante el mismo Juzgado csponiendo que la situacion do este negC\cio había \'ariado completamente, entre otras circunstancias por la promul- gacion del Código Ci\'il de la Nacion ; y que habit:ndo desaparecido todos los fundamentos del auto do Setiem- bre del 69, estaba en su pcrrecto derecho iniciando esta demanda. Que el primer consider:mdo ya no tenia lugar porque la ~funi cipalidad estaba integra y funcionaba con toda regularidad. Que el segundo consider:mdo habia desaparecido des- pues de la promulgacion del Código Ci\'íl, que establece las personas jurídicas, registrando entre estas á las mu- nicipalidades, y estableciendo lambien que ellas puedt>n ser demandadas, y puede hacerse ejecucion en sus bie- nes. Que el tercer considerando, acc€'sorio en la rcsolucíon del Juzgado, !'f' refiere á las sociedades colectivas y nó á las personas jurídicas que, como las munici palidades, no pueden tener otro carácter que el de argentinas. Que habiendo desaparecido las razC\nes del auto ante- rior, y subsistiendo la situacion inesplicable en que colo- ca á su representado la resistencia (le la Municipalidad á cumplir uM ley dé la Pro\'incia, sé \'eia en la necesi- dad de entablar demanda contra ella á fln de que fuese condenada á otorgar la escritura en el término de dos días y al pago de las costas, daños y perjuicios.