DE JUSTICIA NACIONAL.
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 14
ID: fallos_14_131
Texto del Fallo
DE JUSTICIA NACIONAL.
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sancion ni reconocía, ni desconocía los derechos y razones
que invocaba la Municipalidad¡ sin que tampoco el Eje-
cutivo aparezca tomando parle alguna en el decreto, como
antes la había tomado en el aprobatorio de las bases
propuestas.
Go Que en este estado, Rocchi se presentó en Setiem-
bre 6 al Juez de Seccion, pidiéndole ordenase ll la ~lu
nicipalidad que en el término de dos dias estienda á su
favor la escritura r.ública do esas bases, como se lo ha-
bía ordenado la Legislatura .
7o Ouo el JuP.z por los fundamentos de su resolucion
de f. 2 decretó : • No bá lugar ¡ y ocurra esta parte
á donde col'respondu. • Que el solicitante no interpuso
recurso alguno de esta resoluciou, ni ocurrió tampoco
á ningun otro Tribunal con la demanda ¡ pidiendo solo
desgloce do los documentos que habia presentado, despues
de transcurridos algunos meses.
Y 8° Que asi transcurrieron tres años dos mes·es, hasta
que en Noviembre 2i) de 1872, renovó la mismo gestion
ante este Juzgado , la que tramitada está en estado de
sentencia.
Y considerando : i o Que habiendo el demandante con-
formadoso con la resolucion del Juzgado en que no se
hacia lugar á su demanda, puesto que no interpuso re·
curso alguno en tiempo, habiendo por el contrario per-
manecido en silencio durante mas de tres años, ha
quedado dicha resolucion ejecutoriada por el ministerio
del tiempo y de la ley; sin que por tanto le asista de·
recho alguno para venir nuevamente contra esa resolu-