DE m STICIA NACIONAL.
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
PENAL
Tomo 14
ID: fallos_14_227
Voces / Materias
DELITO
Texto del Fallo
DE m STICIA NACIONAL.
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pu,diesen formar esos mismos sumarios, cuyo mérito ha
de aer juzgado por la Cámara respecti,·a en juicio público
cuando se pida el allanamiento del fuero.
Que el art. 37 de la le) penal citado por el Juez no ha
dado mayor estension á los privilc&ios, porque la Constitu-
cion no ha establecido mas forma para la formacio·n de
causa de un miembro del Congreso que las de los artículos
61 y 62, qut! prohiben el arresto fuera del caso de delito
in(raganti, y autorizan la instruccion del sumario para pe-
dir el allanamiento del fuero.
()ue en cuanto á Drocllcro, contra él no había intentado
a ce ion al&una, y ha pedido que sea llamado como testigo
á declarar sobre hechos que .se relacionan con este asunto,
y en que él ha tenido una varle activa y principal ; para
lo cual el Juzgado tenia una autoridad indiscutible cual-
quiera que fuese el Tribunal 6 Aulo•·itlad á que huya sido
sornetidv.
~o&ad a la revocatoria y concedido el recursu en relacion,
se elevó ol espedicnto.
Despues de \'Ísta la causa por la ~uprema Curte se dió
\'Ísla al Sr. Procurador Gencrai.
Este la evacuó en lt>s términos siguientes:
El Procurador General, evacuando la vista que se le ha
dado, dice: Que la sentencia a pelada merece rcvocnrse
para establecer los vertladerots principios que segun la
C.onstitucion rijen en esta materia.
Las pre rogat iv:~s acordadas á los miembros del Congruso
son limitadas á dos.
Nin,uno de ellos puede ser acusado, interrogado judicial·
mente, ni molestado p(lr íla11 opiniones que emita de11em-
peñando su mandato de lcjislador (art. 60), ~· ningun Se-
nador ó Diputado puede sur arrestado, escoplo el caso rlc
ser :st>rprendido ín(roga.nti (arl. 61).