DE JUSTICIA NACIONAL.
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMERCIAL
Tomo 14
ID: fallos_14_321
Jueces
Costa
Voces / Materias
BANCO
CONTRATO
Texto del Fallo
DE JUSTICIA NACIONAL.
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fiere á otro hecho y á otra fecha que aquel, y por con-
secuencia sus dichos son siempre singulares ; 3• porque
el mismo pesador (f. 39) dice que el buque entregó
carga al vapor • Anila • el dia t2 de Enero, ftlstivo por
ser Domingo, con mucha len ti lud, porque la tripulacion
no quería trabajar y porque del informe de f. setenta y
una consta que en los días 5 y 6 de Enero tambien fes-
tivos se entregó carga ¡ lodo lo que demuestra la voluntad
que t,enia el capilan de terminar la descarga cuando hacia
trabajar á la tripulacion hasta en los dias de fiesta ; .{.•
porque si hubo mal tiempo durante la descarga, ó ha
sido antes de espirar el plazo señalado para verificarla y
en tal caso no ha sido computado como hábil ó ha ocur-
rido despues de producida la demora, y entonces respon-
den de ella los consignatarios de la carga; 5• que la
consecuencia que se desprende de los consideraodos ante-
riores es que los cargadores deben abonar las sobre estadias
con sujecion al contrato y de conl'orrnidad á la doctrina
espuesta, que es la que claramente fluye de los artículos
H86, t2U, 209, 219, é inciso 3" del arl. 920 de la ley
de Procedimientos.
Por estos fundamentos, fallo, condenando á los Sres.
Sievers y Meyer á abonar al capitan del buque U.. días
de sobre c~t·rdías con sujecion al cuanto designado en la
póliza de fletamento deduci(•ndose de la suma que resulte
el importe de 28 toneladas du carbon que está conforme
rebajar dicho capitan, y carganJ,o sobro el saldo el interés
á contar desdo la demanda aneglado á la laza que cobra
el Banco de la Provincia y sin especial condenacion en
costas ; Repónganse los sellos .Y notifiquese con el orr-
ginal.
Manuel Zavaleta.