FAL1..0S DE LA ·SUPREMA ·CORTE
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMERCIAL
Tomo 14
ID: fallos_14_334
Jueces
Costa
Voces / Materias
SEGURO
Texto del Fallo
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338
FAL1..0S DE LA ·SUPREMA ·CORTE
Don Peclro Grar¡era con la Ccnnpatilt' Al'!¡cnlina de Segrtros,
hwide,lle, sobre pago de costas.
Sttrnario. -1 o Los procurndores respontlen de las costas
en que sus poderdnntes sean condenados.
2° Es un deber en ellos hacerse espcnsar convenien-
temente.
3o Por el hecho de aceptarse un poder en un juicio
pendiente, se contrae la oMigacion de pngar las costas
anteriores, si el poderdante fuese condenn do en ellas.
Caso.- Ej ccuto r i<~da la sentencin del Juez de Seccion en
los autos seguidos por D. Pedro Gra~ern contra la Compa-
ñía Argentina do Seguros por cobro de pesos, en que se
absolvió á la Compañía y se condenó
~\ Grngera en las
costas del juicio; se regularon los hon,narios del ahogac.Jo
y del procurador de la Compai1ia, y la regulacion se hizo
saber á D. Enrir¡uo Carbone, apoderado de Gragera desde
antes de dictarse sentencia definitiva.
Notificado Carbone espuso que no comprendía el objeto
de la notificacion puesto que su mandato habia cesado.
y no le correspondía abonar honorarios y gastos que no
se habían ·causado mientras él había ejercido la personería